Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2026

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260325-61

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

61
Móstoles. Urbanismo. Plan especial

El Excmo. Ayuntamiento de Móstoles, en su sesión de Pleno de fecha 26 de febrero de 2026, adoptó, en relación con la “propuesta de resolución sobre aprobación definitiva del Plan Especial de mejora de la ordenación pormenorizada en uso residencial y criterios para el cambio de uso de local a vivienda. U.005.PLA-URB/2024/1”, el Acuerdo 15/35 en los siguientes términos:

“Primero. Estimar las alegaciones presentadas en los términos indicados en la presente propuesta de resolución.

Segundo. Aprobar definitivamente el documento del Plan Especial de cambio de uso en locales a vivienda, promovido por el Ayuntamiento de Móstoles, expediente de referencia U005.PLA-URB/2024/1.

Tercero. Publicar esta aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos previstos en el artículo 66 de la L. S. C. M. y notificar el Acuerdo a los interesados”.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local se publica el articulado del Plan Especial:











Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime oportuno para la defensa de sus derechos.

Móstoles, a 12 de marzo de 2026.—El concejal de Urbanismo, Vivienda, Patrimonio y Mantenimiento de la Ciudad, Sergio María Soler Hernández.

(03/4.082/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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