Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260323-67

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

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Coslada. Otros anuncios. Convenio colaboración

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Coslada y los Institutos Públicos de Educación Secundaria, “Antonio Gaudí”, “María Moliner”, “Miguel Catalán”, “Rafael Alberti”, y Centro Concertado “Doroteo Hernández” de Coslada para la realización del Programa Estancias Educativas en Empresas (4.o ESO + Empresa). Año 2026.

Se anexa el convenio integro para su publicación una vez firmado por ambas partes, en cumplimento del art. 23.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación Ciudadana de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de abril).

REUNIDOS

De una parte D. Ángel Viveros Gutiérrez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Coslada (Madrid), en cuyo nombre y representación actúa, con D.N.I. 5028***** en uso de las facultades que le confiera la vigente Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del Régimen Local.

De otra D. Félix Peña Sánchez, con D.N.I. 0457*****como director del Instituto de Enseñanza Secundaria “Antonio Gaudí” de Coslada.

De otra D. Vicente Pérez Espinosa, con D.N.I. 5234***** como director del Instituto de Enseñanza Secundaria “María Moliner” de Coslada.

De otra D. Ángel Luis García Aceña, con D.N.I. 0261***** como director del Instituto de Enseñanza Secundaria “Miguel Catalán” de Coslada.

De otra D. Juan López Patau, con D.N.I. 4528***** como director del Instituto de Enseñanza Secundaria “Rafael Alberti” de Coslada.

De otra Dña. Antonia María Bernal Contreras, con D.N.I 7543***** como directora del Centro Concertado “Doroteo Hernández” de Coslada.

Reconociéndose ambas partes capacidad y legitimidad suficientes, acuerdan suscribir el presente convenio que tiene como objeto establecer en beneficio de los alumnos y alumnas de 4.o curso de ESO de los Institutos de Educación Secundaria sostenidos con fondos públicos arriba indicados, una estancia educativa en un entorno profesional durante un periodo de tiempo máximo de 4 días en los centros de trabajo del Ayuntamiento de Coslada.

El compromiso se desarrollará con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.Los alumnos/as conservan en todo momento su condición de tal. Permanecen bajo la autoridad y la responsabilidad de los directores/as de los Institutos Públicos de Enseñanza Secundaria “Antonio Gaudí”, “María Moliner”, “Miguel Catalán”, “Rafael Alberti”, y Centro Concertado “Doroteo Hernández” de Coslada. En ningún caso pueden pretender ser remunerados. Están sometidos a las normas en vigor en la empresa u organismo que les recibe, particularmente en materia de seguridad, horarios y disciplina.

Segunda.—Las estancias educativas se desarrollarán anualmente durante el curso escolar correspondiente, ajustándose en todo momento a las fechas y al calendario oficial establecidos por la Comunidad de Madrid para el programa 4.o de ESO + Empresa.

Tercera.—El presente convenio tendrá vigencia de cuatro años desde el momento de su firma. En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción

Cuarta.—No están permitidos los horarios nocturnos. Ninguna sesión de observación podrá comenzar antes de las ocho de la mañana, ni terminar después de las siete de la tarde.

Quinta.—La presencia de los alumnos/as en la empresa u organismo no puede exceder de 7 horas diarias, con una pausa de una hora como mínimo.

Sexta.—Bajo ningún concepto los alumnos/as pueden trabajar con máquinas, vehículos, aparatos o productos cuya manipulación por menores esté prohibida.

Séptima.—Los alumnos/as participarán en las actividades de la empresa u organismo siempre en relación con contenido pedagógico de esta actividad. En ningún caso su participación puede perjudicar la situación del empleo en la empresa.

Octava.—Los alumnos/as se comprometen a respetar el secreto profesional y no deben compartir con terceros información que puedan perjudicar a la empresa o a sus empleados.

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Coslada, a 12 de marzo de 2026.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(01/3.899/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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