Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2026

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260320-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

77
Torrejón de la Calzada. Régimen económico. Padrón fiscal

Aprobado por Resolución de esta Alcaldía número 2026-0527, dictada con fecha 10 de marzo de 2026, el padrón fiscal y la lista cobratoria del tributo local “Tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos del ejercicio 2026”, a efectos tanto de su notificación individual, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se comunica que, estará a disposición del contribuyente durante el plazo de quince días hábiles, de lunes a viernes y de 9:00 a 14:00 horas en el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o la liquidación contenida en el mismo podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con la Resolución anteriormente citada, se establece como plazo de pago en período voluntario para este tributo, el comprendido entre el día 1 de septiembre y el día 2 de noviembre de 2026 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

En Torrejón de la Calzada, a 11 de marzo de 2026.—El alcalde, David Blazquez Baos.

(01/3.798/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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