Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2026

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260320-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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EXTRACTO de la Orden 6167/2025, de 26 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establece la convocatoria 2025 de las ayudas para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid.

BDNS: L1: 891330 - L2: 891241

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( comunidad.madrid ).

Primero

Beneficiarios

1. Entorno académico:

— Universidades públicas y privadas con sede en la Comunidad de Madrid.

— Hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia y fundaciones dedicadas a la investigación con sede en la Comunidad de Madrid.

2. Entorno empresarial:

— Empresas públicas o privadas con forma jurídica mercantil y centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, que deseen contratar investigadores predoctorales para la realización de un proyecto de investigación industrial que les sirva como trabajo de tesis doctoral y sea de interés a las empresas.

Segundo

Objeto

Las ayudas tienen por objeto el desarrollo de proyectos de doctorado industrial en cualquier ámbito de conocimiento y sector empresarial, promoviendo la colaboración y transferencia de conocimientos entre el ámbito académico y empresarial.

El proyecto de investigación se desarrollará de forma simultánea en el entorno empresarial como en el académico.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 2785/2024, de 23 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 4 de julio.

Cuarto

Cuantía y duración de las ayudas

La financiación de las ayudas se distribuirá en tres anualidades, con un importe total de 7.500.000 euros:

— Año 2025: 0 euros.

— Año 2026: 2.500.000 euros.

— Año 2027: 2.500.000 euros.

— Año 2028: 2.500.000 euros.

El importe máximo a financiar para el entorno académico es de 30.000 euros/año.

El importe a financiar para el entorno empresarial es:

— Pequeñas empresas: 25.000 euros/año.

— Medianas empresas: 22.500 euros/año.

— Grandes empresas: 20.000 euros/año.

Quinto

Criterios de evaluación

La valoración de los proyectos se realizará sobre un total de 100 puntos y se considerarán los siguientes aspectos:

1. Calidad y viabilidad científico-tecnológica del proyecto de I+D propuesto (máximo 60 puntos).

Se evaluará la calidad y viabilidad del proyecto I+D, considerando: estructura y calidad de la memoria, metodología, definición de objetivos y aspectos innovadores del proyecto (máximo, 30 puntos), la transferencia de conocimiento al sector empresarial, en términos de innovación para la empresa, potencial de aplicación de los resultados en la empresa (máximo, 20 puntos) y la adecuación de los recursos disponibles a los objetivos del proyecto, recursos humanos, y recursos materiales y financieros (máximo, 10 puntos).

2. Impacto de la ayuda en la actividad de I+D+I de la entidad empresarial (máximo, 30 puntos).

Se valorará el impacto en el incremento de la actividad de I+D+I previsto para la empresa y sus resultados, considerando los siguientes aspectos: monto de la inversión privada destinada al proyecto, porcentaje de la inversión privada sobre el costo total del proyecto (máximo, 5 puntos); aplicabilidad de la investigación en los procesos, productos o servicios, mejora estratégica para la empresa, análisis de la competencia, estudios de mercado (máximo, 10 puntos); finalmente, la puesta de estos resultados en el mercado, estrategia de comercialización, plan de lanzamiento, potencial de éxito en el mercado (máximo, 15 puntos).

3. Experiencia del director de tesis (máximo, 10 puntos).

Se valorará su excelencia del director de tesis, teniendo en cuenta los siguientes aspectos: número de tesis doctorales dirigidas (máximo, 7 puntos), de las cuales, tesis doctorales industriales (1 punto por tesis, máximo 4 puntos) y tesis doctorales académicas (0.5 puntos por tesis; máximo, 3 puntos). Participación en proyectos de colaboración nacionales e internacionales con entidades empresariales (1 punto por proyecto; máximo, 3 puntos).

Solo podrán ser propuestas para financiación las solicitudes que tengan una puntuación igual o superior a 60 puntos como suma de los tres apartados anteriores.

Sexto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de diciembre de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/3.888/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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