Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2026

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260318-51

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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EXTRACTO del Acuerdo de 11 de marzo de 2026, de la Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por la que se convoca la III Edición de los premios a iniciativas Emprendedoras en Preincubadoras 2026 de la Universidad Complutense de Madrid.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/892405 ).

Primero

Beneficiarios

1. A esta convocatoria, podrán presentarse estudiantes y egresados de Grado, Máster, Doctorado y formación permanente de la UCM, personal docente e investigador (en lo sucesivo PDI), grupos de investigación y personal técnico, de gestión y de administración y servicios (en adelante PTGAS) que tengan vinculación académica o profesional con la UCM a la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La vinculación con la UCM para los egresados, no podrá tener una antigüedad superior a cinco (5) años desde su graduación y contados hasta la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Las candidaturas podrán realizarse tanto individualmente como por equipos. En este último caso, siendo necesario nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, se establecen en la presente convocatoria.

Deberá consultarse en la convocatoria publicada en el BOUC los requisitos específicos para participar.

Segundo

Objeto

Regular la concesión de premios que permitan promover y respaldar iniciativas de emprendimiento innovadoras o que aporten valor sobre productos o servicios ya existentes en el mercado u otros de nueva creación que surjan en ámbitos circunscritos a Facultades o Centros de la UCM, para lo cual se contará con la colaboración, tanto en la gestión como en la captación de ideas, de las Preincubadoras adscritas a cada una de las Facultades de nuestra Universidad.

Tercero

Bases reguladoras

La convocatoria seguirá el Reglamento por el que se aprueban las Bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Subvenciones por la Universidad Complutense de Madrid, aprobadas en el Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2024 y por el Consejo Social el 10 de mayo de 2024 (BOUC de 17 de mayo).

Asimismo, todas las fases del procedimiento, así como el contenido íntegro de la convocatoria, podrán consultarse en: https://www.ucm.es/compluemprende/ .

Cuarto

Cuantía

La convocatoria está dotada con un importe máximo de 16.000,00 euros. Los premios tendrán una cuantía de 1.000,00 euros por cada Facultad o Centro participante.

Quinto

Modo y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes de participación (disponibles en https://www.ucm.es/compluemprende/ ) han de dirigirse al Rector a través de la Oficina Complutense de Emprendimiento, Compluemprende. Deberán presentarse de forma electrónica junto con la documentación requerida. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Otros datos

A la solicitud deberá acompañarse, formulario de solicitud, resumen ejecutivo entre otra documentación especificada en la convocatoria completa.

Madrid, a 11 de marzo de 2026.—La Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por delegación del Rector, según Decreto Rectoral 4/2025, de 10 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de marzo de 2025), María Concepción García Gómez.

(03/3.856/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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