Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260317-5

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

5
RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de destinos correspondiente al proceso selectivo de promoción interna específica para el acceso a la categoría profesional de Técnico Especialista en Centros de Ejecución de Medidas Judiciales (Grupo III, Nivel 5, Área C) de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 475/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 274, de 17 de noviembre), se convocaron las pruebas selectivas de promoción interna específica para el acceso a la categoría profesional de Técnico Especialista en Centros de Ejecución de Medidas Judiciales (Grupo III, Nivel 5, Área C) de la Comunidad de Madrid.

A la vista de la Resolución de 3 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 301, de 18 de diciembre), por la que se resuelve el citado proceso selectivo, y una vez verificada la observancia de los requisitos de participación exigidos en la mencionada Orden y en la demás normativa de aplicación, este Centro directivo, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

HA RESUELTO

Primero

Adjudicar destino a las personas que han superado las enunciadas pruebas y que se detallan en el Anexo de la presente Resolución, en los términos señalados en la misma y en consonancia con lo fijado, a tal efecto, en el apartado quinto de la expresada Resolución de 3 de diciembre de 2025.

Segundo

1. Por la unidad responsable de personal del Organismo Autónomo de destino, se procederá a la formalización de la pertinente diligencia en el contrato de cada una de las personas seleccionadas, debiendo esa unidad dar cumplimiento, con carácter previo a aquella, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.

2. A tal fin, las personas interesadas habrán de comparecer ante la indicada unidad de personal en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo ir provistas de su Documento Nacional de Identidad, de su documento de afiliación a la Seguridad Social, y de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria.

3. En su caso, cualquier información adicional a la contenida en la presente Resolución se encontrará disponible en el trámite referente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/p-selectivas-medidas-judicia... , así como en la página web https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/tecnico-esp... .

Tercero

De conformidad con lo determinado en el apartado quinto de la base undécima de la aludida Orden 475/2021, de 13 de octubre, el aspirante D. Daniel Eduardo Villa Mateo (NIF ***2078**) pierde el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Técnico Especialista en Centros de Ejecución de Medidas Judiciales (Grupo III, Nivel 5, Área C) de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación solicitada en el plazo delimitado en la reseñada Resolución de 3 de diciembre de 2025.

Cuarto

Contra la presente Resolución y las actuaciones que se deriven de la misma, podrán las personas interesadas interponer demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en virtud de lo estipulado en el artículo 10.4.a), en relación con el artículo 6.2.b), de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de dicho texto legal.

En Madrid, a 3 de marzo de 2026.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.



(03/3.513/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260317-5