Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2026

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260311-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

17
ENCOMIENDA de gestión de 9 de marzo de 2026, de la Dirección General de Infraestructuras a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas y a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, todas ellas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en materia de gestión económico-presupuestaria.

De una parte, D. Tomás Usán Más, Director General de Infraestructuras, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 21/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno.

De otra, D. Manuel Lagos Gismero, Director General de Cultura e Industrias Creativas, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 57/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno.

Y de otra parte, D. Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 268/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno.

EXPONEN

Que mediante el Decreto 16/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno, se ha modificado el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, creando una nueva dirección general denominada Dirección General de Infraestructuras que ha pasado a asumir las competencias en materia de infraestructuras culturales hasta ahora atribuidas a la Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte, así como otras nuevas relativas a la tramitación de expedientes de obras, conservación y mantenimiento de dichas infraestructuras.

Por razones de eficacia y en tanto se proceda por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a la adecuación de las estructuras orgánica y presupuestaria vigentes a la nueva organización administrativa resultante del decreto, con el fin de garantizar la adecuada gestión y tramitación de los expedientes en materia de infraestructuras culturales, se considera conveniente encomendar dichas funciones temporalmente a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas y a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español.

ACUERDAN

Primero

Objeto

1. Se encomienda a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, en materia de infraestructuras culturales, la realización de actividades de carácter material o técnico relativas a la competencia atribuida a la Dirección General de Infraestructuras por el artículo 12bis.2.a) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, modificado por Decreto 21/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno, y cuyo gasto deba imputarse a los programas presupuestarios 333A y 334A, centro gestor 04010.

2. Se encomienda a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, en materia de infraestructuras culturales, la realización de actividades de carácter material o técnico relativas a la competencia atribuida a la Dirección General de Infraestructuras por el artículo 12bis.2.a) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, modificado por Decreto 21/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno, y cuyo gasto deba imputarse a los programas presupuestarios 332A y 332B, centro gestor 04011, y 333A, centro gestor 04013.

Segundo

Plazo

La presente encomienda de gestión entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga mediante acuerdo expreso entre las Direcciones Generales.

No obstante, lo anterior, la encomienda perderá su vigencia en el momento en el que la Dirección General de Infraestructuras esté en disposición de desarrollar dichas funciones por contar con la unidad administrativa y el personal necesario para su desempeño.

Tercero

Competencia

La encomienda de gestión no implica cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades objeto de esta encomienda serán adoptados por los órganos competentes según la nueva distribución de competencias establecida en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, modificado por Decreto 21/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno.

Cuarto

Protección de datos

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas y la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, tendrán la condición de encargadas del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudieran tener acceso en ejecución de la presente encomienda, siendo de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

Quinto

Publicación

La presente encomienda será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de marzo de 2026.—El Director General de Infraestructuras, Tomás Usán Más.—El Director General de Cultura e Industrias Creativas, Manuel Lagos Gismero.—El Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Bartolomé González Jiménez.

(03/3.743/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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