Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2026

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260306-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

38
Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Nombramiento

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del alcalde-presidente 1441/2026, de 19 de febrero, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor parcial:

«1.o Nombrar a la persona que a continuación se relaciona en el puesto de personal eventual del Ayuntamiento de Boadilla del Monte que se indica, de la Unidad Orgánica “0200 Subdirección General de Coordinación y Gestión Municipal”, de la Primera Tenencia de Alcaldía-Área de Coordinación, Personal, Régimen Interior, Atención al Ciudadano, Hacienda, Patrimonio, Contratación, Asuntos Jurídicos, Asuntos Sociales y Diversidad Funcional, durante el mandato Corporativo 2023-2027, todo ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 12 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:

3.o El citado nombramiento como personal eventual surtirá efectos económicos y administrativos del día 2 de marzo de 2026.

4.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su exposición en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

5.o Notificar la presente resolución a la interesada, con indicación de los recursos que, contra la misma, procedan».

En Boadilla del Monte, a 24 de febrero de 2026.—El primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.

(01/2.963/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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