Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260305-69

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

OTROS ANUNCIOS

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Arganda del Rey. Otros anuncios. Convenio colaboración

CONVENIO ENTRE EL CENTRO ASOCIADO A LA U.N.E.D. EN MADRID Y EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

En Arganda del Rey, a 23 de febrero de 2026.

INTERVIENEN

De una parte, D.a Yolanda Agudo Arroyo, en su calidad de Directora, en nombre y representación del Centro Asociado a la UNED en Madrid, con C.I.F. Q-2802102-J, y con domicilio en calle Tribulete, n.o 14, 28012 Madrid.

De otra parte, D. Alberto Escribano García, en su condición de Alcalde -Presidente en virtud de los establecido en el art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, del art. 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y del artículo 30 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en representación del Ayuntamiento de Arganda del Rey, con CIF P-2801400.I y domicilio en la Plaza de la Constitución, 1, del Municipio de Arganda del Rey.

EXPONEN

1. Que el centro asociado a la UNED en Madrid (en adelante UNED Madrid), entidad de Derecho Público creada por Orden Ministerial de 9 de junio de 1980 (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de junio) con CIF número Q2802102J y domicilio en la calle Tribulete, n.o 14 (28012) Madrid. Se rige por la Ley Orgánica 2/2023 de 22 de marzo del Sistema Universitario (“Boletín Oficial del Estado” núm. 70, de 23 de marzo de 2023); los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado” del 22); su Reglamento de Régimen Interior vigente; y los Estatutos del Consorcio Universitario de UNED Madrid, adaptados conforme a la previsión de la disposición adicional Novena de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y concordantes, aprobados por la Junta Rectora del Centro Asociado con fecha de 9 de abril de 2019.

2. Que, de conformidad con la Legislación antedicha y con la Ley 40/2015 del Sector Publico, el Centro Asociado forma parte del Sector Público Institucional Estatal a través de la UNED a la que está adscrita.

3. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local establece en su artículo 7 apartado 1 que “las competencias delegadas de las Entidades Locales son propias o por delegación”, añadiendo que “El estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, podrán delegar en las Entidades Locales el ejercicio de sus competencias”.

En el art. 27 de la misma Ley, establece que “con objeto de evitar duplicidad administrativa, mejorar la transparencia de los servicios públicos y el servicio de ciudadanía y en general contribuir a los procesos de racionalización administrativa, generando un ahorro neto de recursos la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas podrán delega las siguientes competencias” y el apartado o) expone “Cooperación con la Administración educativa a través de los centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia”.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 7.1 y 25.1 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Asimismo, el punto 25.2 del citado artículo establece que el municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: (...) promoción de la cultura y equipamientos culturales (...). Por ello, el Ayuntamiento de Arganda del Rey considera que UNED Madrid es un recurso válido para cumplir este objetivo de promoción cultural, por lo que está especialmente interesado en mantener la colaboración con este centro.

3. Que ambas instituciones, dados sus intereses coincidentes en materia de cultura y educación, vienen colaborando desde el año 2006, año en el que se crea en Arganda del Rey una Sede dependiente de UNED Madrid, que, asimismo, firmaron una prórroga del Convenio de 20 de septiembre de 2017, con duración hasta el 24 de mayo de 2021, por un periodo máximo de 4 años adicionales. A raíz de esta larga colaboración, ambas partes consideran trascendente consolidar la oferta de enseñanzas y actividades culturales e incrementar los servicios que UNED Madrid pueda proporcionar a los ciudadanos del municipio de Arganda del Rey.

Que en consecuencia y en la representación que ostentan, las partes acuerdan suscribir el siguiente convenio que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

El objeto de este Convenio es la colaboración entre el Ayuntamiento de Arganda del Rey y UNED Madrid para la prestación de distintas actividades culturales y educativas que se llevarán a cabo en la SEDE de Arganda del Rey (en adelante SEDE).

La Sede se considera parte integrante de UNED Madrid, a cuyas normas de funcionamiento se ajustará en el desarrollo de sus actividades y de su oferta cultural y educativa.

La Sede podrá organizar, con instituciones de otra índole, aquellas actividades que les resulten convenientes y de interés para los ciudadanos del municipio, de acuerdo con las directrices que, con carácter general apruebe la Junta Rectora de UNED Madrid, siempre con previo conocimiento y acuerdo del Ayuntamiento. Así, podrán organizar conferencias, congresos, jornadas, seminarios, exposiciones y otras actividades que puedan resultar interesantes en el ámbito de la mutua colaboración con el Ayuntamiento de Arganda del Rey.

Segunda

Obligaciones de las partes

El Ayuntamiento de Arganda del Rey se compromete a:

a) Ceder el uso de los espacios situados en el Centro Comercial Zoco Arganda a UNED Madrid. (Anexo I).

La Sede se ubicará en las aulas de propiedad municipal ubicadas en el Centro Comercial Zoco de Arganda, situado en la Calle Santa Teresa, s/n.

Los espacios estarán dotados de mobiliario suficiente para la prestación de los servicios (mesas, sillas, armarios, pizarras, etc.).

El Ayuntamiento se hará cargo de los servicios de mantenimiento, utilización y funcionamiento de los espacios cedidos (consumo de electricidad, agua, gas, limpieza, reparaciones, etc).

Cualquier cambio que pudiera afectar a dicha ubicación, será previamente comunicado a UNED Madrid, para que, en caso de reunir las condiciones adecuadas, lo apruebe y realice las gestiones oportunas para el cambio de ubicación.

b) Sufragar el cincuenta por ciento (50 % ) a través de una subvención:

— Del coste de la figura del coordinador.

— De los gastos tutorías que se originen por la implantación de las enseñanzas.

Hasta un máximo de 40.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 3341,480 por ejercicio económico, ajustando el coste a lo establecido en la Adenda 1 cada ejercicio económico.

El Ayuntamiento de Arganda del Rey incluirá anualmente en sus Presupuestos las partidas necesarias para asumir los gastos de la Sede, según lo establecido en este convenio, y hacer efectiva su cuantía una vez justificados los gastos, previa presentación en tiempo y forma de los documentos acreditativos de los pagos realizados según lo establecido en la Ley de Subvenciones.

El incumplimiento de está clausula será motivo de resolución del convenio con indiferencia de lo contemplado en la Cláusula Tercera.

c) El 100 % del coste del personal de administración y servicios que da apoyo a la Sede.

d) El 100 % del gasto de comunidad, luz, limpieza, y mantenimiento de monta escaleras.

e) El desglose del coste de cada ejercicio económico, se hará a través de Adenda1.

UNED Madrid se compromete a:

— Proporcionar el equipo informático para el personal de administración y servicios que da apoyo a la Sede.

— Proporcionar un tutor/a que ejercerá como coordinador de la Sede, para organizar y llevar a cabo las tareas que hayan de ser realizadas para el funcionamiento del mismo en los ámbitos de la gestión académica y administrativa.

— Proporcionar el número de tutores necesarios para llevar a cabo las enseñanzas de las distintas titulaciones. Las asignaturas del programa propuesto se ajustarán a las necesidades efectivas del Centro atendiendo al número de alumnos asistentes.

— Suministrar el material de oficina y papelería.

— Proporcionar los fondos bibliográficos para los estudiantes de las asignaturas ofertadas en la Sede.

— Mantener en buen estado las instalaciones.

— Abandonar y dejar libres y vacuos, a disposición del Ayuntamiento dentro del plazo, los bienes objeto de la utilización, cuando esta finalice.

— No ceder a terceros total o parcialmente el espacio objeto cesión.

Tercera

Resolución del convenio

Serán causas de resolución del presente Convenio:

1. La renuncia de cualquiera de las partes, debiendo ser notificada con un año de antelación, como mínimo, garantizando, en cualquier caso, la finalización del año académico en curso.

2. El acuerdo unánime de todos los firmantes.

3. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren asumidos por parte de alguno de los firmantes. Este requerimiento será comunicado por el responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resulto el convenio.

4. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

5. Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente.

6. El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia de 4 años desde el momento de su firma.

Cuarta

Vigencia

El presente convenio tendrá vigencia desde su firma por una duración de un año, con posibilidad de prorrogarlo cada año, hasta un máximo de cuatro prórrogas.

En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su ­extinción.

Quinta

Comisión de Seguimiento

El seguimiento del presente convenio se encomienda a una comisión mixta de vigilancia y control, integrada por representantes de UNED Madrid y representantes del Ayuntamiento de Arganda del Rey, que se reunirá periódicamente previa convocatoria por cualquiera de las partes.

Sexta

Compatibilidad con otras ayudas

1. La subvención regulada en el presente convenio será compatible con la percepción de otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que, aisladamente o en concurrencia con dichas ayudas, no se supere el coste total de la actividad subvencionada.

2. En caso de que se supere dicho coste total, la entidad beneficiaria estará obligada a comunicarlo inmediatamente al Ayuntamiento, procediéndose, en su caso, a la minoración de la subvención o al reintegro del exceso percibido, conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento.

3. La entidad beneficiaria deberá comunicar al Ayuntamiento, en el momento de la solicitud o tan pronto como se conozcan, la obtención de otras ayudas que financien total o parcialmente la actividad subvencionada.

Séptima

Justificación y pago

UNED Madrid justificará los gastos según la Adenda 1 y por ejercicio económico, siendo las fechas de cada ejercicio económico:

— Para el año 2025: entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

— Para el año 2026: entre el 1 de enero y el 30 de noviembre.

— Para el año 2027: entre el 1 de diciembre de 2026 y el 30 de noviembre de 2027.

— Para el año 2028: entre el 1 de diciembre de 2027 y el 30 de noviembre de 2028.

Para ello se presentará la siguiente documentación:

— Solicitud.

— Certificado de las cantidades abonadas en cada ejercicio económico en concepto de tutorías y coordinación.

En el caso de presentar justificantes de gastos por importe menor al total de la subvención concedida, esta se minorará en la misma cuantía.

— Certificados bancarios de cada ejercicio económico de los pagos realizados a tutores y coordinador.

— Certificación de encontrarse al corriente de pago con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.

— Memoria Funcionamiento: Actividades realizadas, que contemple el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, las actividades realizadas y los resultados obtenidos. Los servicios técnicos de la concejalía correspondiente, deberán emitir informe sobre el grado de cumplimiento de los fines para los que se concedió la subvención y la adecuación de ellos gastos realizados a los mismos.

— Documentación económica según Anexo II.

— Declaración Responsable de no estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones y de ayudas concurrentes, según Anexo III.

— Ficha de Terceros para pago de la Tesorería que deberá presentarse firmada por el titular de la cuenta y acompañada de certificado bancario. Este documento no será necesario si la cuenta corriente presentada es la misma que se presentó en la convocatoria anterior, según Anexo IV.

— Certificado justificativo del destino de los fondos.

El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención llevará aparejado la anulación de la obligación de pago de la subvención concedida, por parte del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Arganda del Rey hará efectiva la cuantía de la subvención concedida junto con la aprobación de la cuenta justificativa una vez que UNED Madrid presente la documentación justificativa de la misma.

El plazo de presentación de la documentación justificativa se realizará antes del 10 de diciembre de cada año, excepto para la justificación del año 2025 que será antes del 27 de febrero de 2026.

Se deberá presentar la justificación de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la solicitud de subvención debe ser presentada por registro electrónico, a través de la Sede Electrónica.

Octava

Protección de datos de carácter personal

Ambas partes se comprometen a cumplir todas y cada una de las exigencias en materia de protección de datos que establecen: la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos digitales (“Boletín Oficial del Estado” n.o 294, de 6 de diciembre de 2018 y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Novena

Cuestiones litigiosas

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, por lo que cuantas cuestiones litigiosas pudieran surgir sobre interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del mismo deberán someterse al orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo de conformidad a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, Reguladora de Jurisdicción contencioso administrativo.

Décima

Régimen jurídico

Lo no previsto en este convenio estará en lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006 y las Bases de Ejecución del Presupuesto 2025, así como la ordenanza reguladora de subvenciones aprobada en el Pleno Municipal del 18 de marzo de 2014 y publicada el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de marzo de 2014 y su modificación posterior publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Madrid con fecha 3 de agosto de 2021.

Y en prueba de conformidad con los antecedentes y el clausulado del presente Convenio, y por la representación que ostentan ambas partes se firma el presente Convenio por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.

Madrid, a 23 de febrero de 2026.—La Directora de UNED Madrid, Yolanda Agudo Redondo.—El Alcalde-Presidente de Arganda del Rey, Alberto Escribano García.



(01/2.897/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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