Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260303-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 20 de febrero de 2026, de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, por el que se aprueba la convocatoria pública de la II edición de los premios a la reutilización de datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

BDNS (Identif.): 889183

Primero. Beneficiarios

Podrán presentar proyectos en esta convocatoria las personas físicas y jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 13.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

Segundo. Objeto

La convocatoria de los premios a la reutilización de datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid tiene por objeto promover, reconocer y premiar la realización de proyectos e iniciativas novedosas basados en la utilización de conjuntos de datos del Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid ( https://datos.madrid.es ).

Los premios se orientan a reconocer proyectos o iniciativas que ofrezcan a la ciudadanía del municipio de Madrid productos, servicios, herramientas o aplicaciones innovadoras, visualizaciones, así como estudios e investigaciones, que resulten de utilidad y que generen desarrollo económico y social, basados en la utilización de conjuntos de datos del Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y decreto de 20 de febrero de 2026 de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se aprueba la convocatoria pública de la II edición de los premios a la reutilización de datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid.

Cuarto. Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en quince mil euros (15.000 euros), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 001/120/920.06/482.03 “Premios” del programa “Fomento de la transparencia y mejora de la gestión”, del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para la anualidad 2026.

En esta convocatoria se otorgarán los siguientes premios:

En la categoría de Servicios web, aplicaciones y visualizaciones:

a) Un primer premio, por importe de 4.000 euros.

b) Un segundo premio, por importe de 3.000 euros.

c) Un tercer premio por importe de 1.500 euros.

d) Un premio estudiante por importe de 1.500 euros.

En la categoría de Estudios, investigaciones e ideas:

a) Un primer premio, por importe de 2.500 euros.

b) Un segundo premio, por importe de 1.500 euros.

c) Un tercer premio, por importe de 1.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

La solicitud de participación en la convocatoria de los premios se formalizará a través del modelo que figura como “Solicitud de participación en los premios a la reutilización de los datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid”, que se adjunta a la convocatoria, a la que se acompañará una memoria del proyecto en el modelo de su “Anexo III. Memoria del proyecto”.

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, contados desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos

En cada convocatoria, cada persona física, entidad o agrupación podrá presentar uno o varios proyectos o iniciativas en las distintas categorías, pero cada proyecto solo podrá presentarse a una de las categorías.

Dentro de la categoría Servicios web y aplicaciones, las candidaturas presentadas por personas que sean estudiantes o agrupaciones de estudiantes podrán optar a todos los premios de la categoría, pero solo las personas estudiantes o agrupaciones de estudiantes que hayan participado en esta condición podrán hacerse con el premio estudiante.

Los proyectos o iniciativas deberán utilizar, al menos, un conjunto de datos publicado en el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid ( https://datos.madrid.es ), que se podrá usar de forma combinada con otros conjuntos de datos publicados en otras fuentes públicas o privadas, y de ámbito local, autonómico, nacional o internacional.

Podrán concurrir a esta convocatoria proyectos cuya ejecución haya concluido en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes o candidaturas y cuya antigüedad no exceda de 2 años contados desde esa misma fecha.

La solicitud, junto con la memoria y la documentación exigida, se dirigirán a la Dirección General de Transparencia y Calidad, y podrán presentarse en la forma en que se establece a continuación:

a) Las personas jurídicas:

Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es . En este caso, se deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

b) Las personas físicas podrán optar por alguno de los siguientes medios:

1.o Electrónicamente, de la misma forma prevista para las personas jurídicas en el apartado anterior.

2.o Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP.

Madrid, a 20 de febrero de 2026.—La delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

(03/2.941/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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