Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2026

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260302-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OFERTAS DE EMPLEO

74
Rivas-Vaciamadrid. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Relación provisional de personas admitidas y excluidas del proceso de selección para la cobertura de 14 plazas de Policía Local en turno libre, del Ayuntamiento de Rivas­Vaciamadrid.—Número de referencia 25286/2025.

Finalizado el plazo de presentación de instancias del proceso anteriormente referenciado, se procede a revisar las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta lo establecido en las bases de la convocatoria.

Mediante Decreto 2026-0475, de 16 de febrero de 2026, del concejal-delegado de Organización y Función Pública (delegación efectuada por Resolución de Alcaldía 1490/2024, de 10 de junio), se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, la causa o causas de exclusión del proceso selectivo para la cobertura de catorce plazas de Policía Local por el sistema concurso-oposición, turno libre del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

Los listados completos de las personas provisionalmente admitidas y excluidas, están publicados íntegramente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la sede electrónica https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/ , así como en:

https://rivasciudad.convoca.online/ .

Se abre un plazo de subsanación para que las personas excluidas expresamente, así como las que no figuran en la relación de personas admitidas ni en la de excluidas, dispongan de un plazo único e improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa a través del siguiente enlace https://rivasciudad.convoca.online/ .

Conforme a las bases reguladoras del proceso selectivo de referencia, no todos los trámites pueden ser objeto de subsanación. No se podrá añadir nuevos documentos que no fueron presentados en tiempo y forma. Solo será subsanable la aclaración de la documentación ya presentada. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a su admisión, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.

Rivas-Vaciamadrid, el 18 de febrero de 2026.—El concejal-delegado de Organización y Función Pública, Alberto Cabeza Saco.

(01/2.580/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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