Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2026

Sección 1.3.109.60: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260227-20

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2026, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se da publicidad a la relación de ayudas y subvenciones concedidas en el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa Moves III –Año 2021-2022-2023– desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2025. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Mediante Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 15 de julio de 2021 se convocó la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa Moves III ­–año 2021-2022-2023–.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes y una vez concedidas las ayudas a los destinatarios últimos por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de marzo de 2025,

DISPONE

Primero

Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos establecidos en el artículo 7, apartado 3 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid la relación de ayudas concedidas conforme a la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 15 de julio de 2021 se convocó la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa Moves III –año 2021-2022-2023– desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2025.

Segundo

Contra la presente resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

Madrid, a 17 de febrero de 2026.—El Director-Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, José Pedro Reques Fernández.

ANEXO I

BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE AYUDAS A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA DEL PROGRAMA MOVES III –AÑO 2021-2022-2023– DE LA FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Desde 1 de enero 2025 a 31 de marzo de 2025.

https://www.fenercom.com/wp-content/uploads/2026/02/1T2025_lista_Moves_I...

(03/2.535/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.60: I. COMUNIDAD DE MADRID

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