Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2026

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260224-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Majadahonda. Régimen económico. Autorización demanial

Por el que se hace público el decreto del concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda, Obras e Infraestructuras, de fecha 13 de febrero de 2026 y número 0528/26, por el que se aprueban las Bases Reguladoras de la convocatoria pública para la autorización demanial sobre diferentes instalaciones deportivas municipales durante los años 2026 a 2028 y 2028 a 2030 con el fin de promocionar el deporte y la difusión de la imagen deportiva de Majadahonda, de conformidad con lo previsto en el artículo 92 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1. Entidad convocante e información:

a) El Ayuntamiento de Majadahonda, a través del concejal de Urbanismo, Vivienda, Obras e Infraestructuras, aprueba las Bases Reguladoras de la convocatoria pública para la autorización demanial sobre diferentes instalaciones deportivas municipales con el fin de promocionar el deporte y la difusión de la imagen deportiva de Majadahonda, con una vigencia desde el 1 de septiembre de 2026, a 30 de junio de 2028, pudiendo ser prorrogada hasta un máximo de cuatro años, hasta el 30 de junio de 2030.

b) Las bases y modelos de presentación de documentación se encontrarán en la Concejalía de Deportes (calle Puerto de Cotos, s/n), el Portal de Trasparencia, (dirección URL https://transparencia.majadahonda.org/documentos-sometidos-a-informacion...), y en el tablón de anuncios virtual.

Dichas Bases Reguladoras se encuentran expuestas al público para que los interesados puedan examinarlas y presentar las alegaciones que crean oportunas, durante el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En el registro electrónico del Ayuntamiento de Majadahonda, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas a la Concejalía de Deportes.

Majadahonda, a 13 de febrero de 2026.—El concejal-delegado de Deportes, Alejandro Núñez Velázquez.

(01/2.326/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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