Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260224-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

48
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Proyecto reparcelación

Anuncio del acuerdo de desestimación de alegaciones al Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado con ordenación pormenorizada 02.02 “Desarrollo del Este-Los Cerros”. Distrito de Vicálvaro.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 12 de febrero de 2026 y en el expediente administrativo con número de referencia 511/2024/28742, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

Primero. Desestimar las alegaciones presentadas, durante el trámite de audiencia, por don Francisco José Rey Gudín, con número de registro de entrada 20252070361, al Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado con ordenación pormenorizada 02.02 “Desarrollo del Este-Los Cerros” en los términos del anexo II.a) del informe de la Dirección General de Gestión Urbanística de 9 de febrero de 2026.

Segundo. Mantener el texto y la documentación del Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado con ordenación pormenorizada 02.02 “Desarrollo del Este-Los Cerros”, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, en su redacción aprobada por Acuerdo de 22 de enero de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

Tercero. Notificar el acuerdo al interesado y publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en uno de los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Todo ello, sin perjuicio de que las personas interesadas interpongan cualquier otro recurso que estimen pertinente (artículo 40.2 LPAC).

Madrid, a 18 de febrero de 2026.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/2.700/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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