Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2026

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260223-12

Páginas: 78


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

12
RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de integrantes del segundo bloque de la bolsa permanentemente abierta de trabajo temporal de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid, por orden de puntuación.

Por Resolución de 6 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, se aprobó y publicó la relación provisional de admitidos con puntuación y excluidos del segundo bloque de la bolsa permanentemente abierta de trabajo temporal de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid.

Dicha Resolución habilitó un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados procedieran a la presentación de las alegaciones que estimasen oportunas sobre la valoración de los méritos aportados o en orden a la subsanación de su solicitud.

Así mismo, habilitaba en dicho plazo a quienes no figuraran en la relación provisional de personas admitidas ni en la de excluidas, a la aportación de la documentación acreditativa de la presentación de la solicitud dentro de plazo a efectos de su inclusión en la bolsa única permanentemente abierta.

Transcurrido el citado plazo, una vez examinadas y valoradas las alegaciones que han sido presentadas, en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección General de Recursos Humanos,

RESUELVE

Primero

Aprobar y publicar, como Anexo I a esta Resolución, la constitución del segundo bloque de la bolsa única permanentemente abierta de trabajo temporal de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid, con la relación de integrantes por orden de puntuación. Así mismo, se publica la relación de excluidos definitivos con la causa de su exclusión (Anexo II).

El segundo bloque de la bolsa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segundo

Tras la publicación del listado inicial de integrantes del segundo bloque la bolsa única permanentemente abierta, los interesados podrán presentar en cualquier momento la solicitud de admisión a la bolsa, de actualización de los méritos o de modificación de la zona o zonas geográficas elegidas, salvo en el caso de las personas candidatas que hayan sido contratadas, las cuales podrán presentarla a partir del día siguiente al de su cese.

No obstante, la modificación de la zona o zonas geográficas inicialmente seleccionadas solo se podrá solicitar una vez transcurridos doce meses desde que se haya formulado la opción inicial o la última opción, en el caso de que se hayan presentado sucesivas peticiones.

Las solicitudes se cumplimentarán exclusivamente a través de medios electrónicos, a través de la aplicación que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/bupa-educacion-infantil-segu... .

Tercero

Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 9 de febrero de 2026.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel J. Zurita Becerril.























































































































































(03/2.127/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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