Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260218-14

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

14
RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de destinos correspondiente al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador, Especialidad Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Mediante Orden 2256/2022, de 17 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 255, de 26 de octubre de 2022), corrección de errores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de diciembre), corrección de errores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador, Especialidad Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Por Resolución de 22 de agosto de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador, Especialidad Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 212, de 5 de septiembre de 2025), se resolvió el citado proceso selectivo, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la correspondiente Orden de convocatoria y demás normativa de aplicación.

Finalizado el plazo para la formalización del correspondiente contrato de trabajo, como consecuencia de la Resolución de 14 de octubre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de destinos correspondiente al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador, especialidad Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 256, de 27 de octubre de 2025), se procedió a la adjudicación de destinos correspondiente al referido proceso, quedando desiertos 2 de los puestos ofertados.

Mediante Resolución de 19 de enero de 2026, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se publica relación complementaria de personas aspirantes aprobadas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador, Especialidad Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, y se procede al requerimiento de acreditación de cumplimiento de requisitos y elección de destinos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 18, de 22 de enero).

Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la correspondiente Orden de convocatoria y demás normativa de aplicación, este centro directivo, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

Adjudicar destinos, en los términos que se indican seguidamente, a las personas que han superado el citado proceso selectivo, que se relacionan en el Anexo que se publica con la presente Resolución.

Segundo

1. Por la unidad responsable de personal de la correspondiente Consejería u Organismo Autónomo, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas interesadas, debiendo dar, asimismo, cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el Sector Público.

2. A tal efecto, las personas aspirantes relacionadas en el mencionado Anexo deberán personarse en la Subdirección General o Unidad de Personal de la Consejería u Organismo Autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, a efectos de proceder a la formalización del correspondiente contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su DNI-NIE, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo recogido en la base decimoquinta, apartado 15.2, de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se aprobaron las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril).

3. Cualquier información adicional a la recogida en la presente resolución se encontrará disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es Educador: Esp. discapacidad intelectual | Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/educador-esp-discapacidad-in... ), así como en la página web del proceso selectivo accesible desde Educador Personas Discapacidad Intelectual (Estabilización/Concurso) | Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-personas-discapac... ).

Tercero

1. De conformidad con lo dispuesto en la base decimocuarta, apartados 6.o y 9.o, de la precitada Orden 913/2019, de 27 de junio, y en la base undécima de la Orden 2256/2022, de 17 de octubre, las personas aspirantes que se señalan a continuación pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Educador, Especialidad Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C), por no aportar la documentación requerida en el plazo previsto en las citadas bases:

2. Quedando desierta la adjudicación del puesto de trabajo que se indica a continuación:

Cuarto

Contra la presente Resolución y las actuaciones que se deriven de la misma podrán las personas interesadas interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de febrero de 2026.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/2.458/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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