Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2026

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260212-24

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

24
ADENDA de 28 de enero de 2026, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Segunda Parte, para mejorar la calidad de vida de los pacientes con daño neurológico mediante un programa de actividad físico-deportiva en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

REUNIDAS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y lo dispuesto en el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y en el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio.

De conformidad, asimismo, con el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y en el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.

Y, de otra parte, D.a Marta Pérez Rodríguez, en nombre y representación de la Fundación Segunda Parte, con domicilio social en Plaza Puerto de la Cruz, 3, Bj. Pt. 2 (C. P. 28029), y NIF G-06764062, en calidad de presidenta de la misma, según consta en el Registro de Fundaciones de competencia estatal (certificado de fecha 31/10/2025) y en virtud del artículo 18 de sus estatutos.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad,

MANIFIESTAN

Primero

En fecha 17 de octubre de 2024 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Segunda Parte, para mejorar la calidad de vida de los pacientes con daño neurológico mediante un programa de actividad físico-deportiva en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

Segundo

El convenio prevé expresamente en su cláusula segunda la posibilidad de ampliación por la voluntad de las partes, mediante adenda, de la relación de los centros en los que el mismo se aplica, contenidos en su anexo I.

Tercero

La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las partes, por lo que se considera conveniente para la finalidad de humanización de la asistencia sanitaria y conforme con el objeto del convenio extender su implantación al Hospital Universitario “La Paz” y al Hospital Universitario “Ramón y Cajal”.

Cuarto

Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente

CLÁUSULA

Única

Relación de centros del Anexo I al convenio

Se amplía la relación de centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito del convenio suscrito entre las partes en fecha 17 de octubre de 2024, y se extiende la implantación a los siguientes centros: Hospital Universitario “La Paz” y Hospital Universitario “Ramón y Cajal”, de manera que el anexo I del convenio queda redactado como sigue:

ANEXO I

RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL CONVENIO

— Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.

— Hospital Universitario “La Paz”.

— Hospital Universitario “Ramón y Cajal”.

En prueba de conformidad, se firma el presente documento.

Madrid, a 28 de enero de 2026.—Por la Comunidad de Madrid, La Consejera, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, La Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por la Fundación Segunda Parte, la Presidenta, Marta Pérez Rodríguez.

(03/1.612/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260212-24