Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2026

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260211-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Torrejón de la Calzada. Régimen económico. Calendario fiscal

Visto el Informe-propuesta de Tesorería número 2026-0017, de fecha de 30 de enero de 2026.

Considerando oportuna la aprobación de un calendario fiscal 2026 que regule los períodos de cobro en voluntaria de los tributos de vencimiento periódico, correspondiente a dicho ejercicio 2026, y en ejercicio de la potestad reglamentaria y de auto organización que corresponde a este Ayuntamiento.

Considerando que esta Alcaldía es el órgano municipal competente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

DISPONGO

Primero.—Aprobar el siguiente calendario fiscal en el que se fijan las fechas de pago de los tributos municipales de cobro periódico por recibo, y de notificación colectiva, todo ello, de conformidad con los dispuesto en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:

Los plazos del sistema especial de pago de tributos, para aquellos que quieran acogerse a esta modalidad, se encuentran regulados en la ordenanza reguladora del plan especial de pago de tributos, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 309, de fecha 28 de diciembre de 2018.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://aytotorrejoncalzada.sedelectronica.es ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tal y como dispone el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

En Torrejón de la Calzada, a 2 de febrero de 2026.—El concejal de Economía y Régimen Interior, Adrián Martín Quintana.

(01/1.487/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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