Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
10-02-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260210-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

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Alcalá de Henares. Urbanismo. Expropiación

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid se adoptó acuerdo, con fecha 27 de mayo de 2010, de aprobar definitivamente el denominado Proyecto de Expropiación del ámbito comprendido entre la calle Nuestra Señora de la Esperanza y Paseo de las Moreras en Alcalá de Henares (Madrid).

En su virtud, este Ayuntamiento adoptó acuerdo por la Junta de Gobierno Loca,l de fecha 30 de enero de 2026, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar a los propietarios y titulares de la vivienda sita paseo de las Morera, n.o 26 Bis, esc. 1.a, 1.a planta (finca n.o 56), para que comparezcan en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, situado en la plaza de Cervantes, s/n, como punto de reunión, para llevar a cabo, de conformidad con el procedimiento que se establece en el citado precepto, el levantamiento del acta de ocupación y pago.

Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán asistir por sí mismo o debidamente representados por personas autorizadas, aportando el documento nacional de identidad, los documentos acreditativos de su titularidad y, en su caso, de la representación otorgada, así como el último recibo del impuesto de bienes inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de perito y un notario, si así lo estiman oportuno.

El levantamiento del acta tendrá lugar el próximo día 25 de febrero de 2026, a las once horas y treinta minutos en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares. El levantamiento del acta de ocupación y pago se comunicará a los interesados mediante oportuna notificación individual, figurando la relación de bienes y derechos al final del presente anuncio.

Es de significar que esta publicación se realiza, igualmente a los efectos que determina el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa de16 de diciembre de 1954, se notificará a los interesados afectados, según los artículos 3.o y 4.o de esta Ley, el día y hora en que ha de levantarse el acta previa a la ocupación. Esta notificación se llevará a efecto con una antelación mínima de ocho días y mediante cédula. Caso de que no conste o no se conozca el domicilio del interesado o interesados, se entregará la cédula al inquilino, colono u ocupante del bien de que se trate, sin perjuicio de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5.o de esta Ley. Con la misma anticipación se publicarán edictos en los tablones oficiales y, en resumen, en el “Boletín Oficial del Estado” y en el de la provincia, en un periódico de la localidad y en dos diarios de la capital de la provincia, si los hubiere.

Alcalá de Henares, a 6 de febrero de 2026.—La T. A. G. de Urbanismo y coordinadora del Servicio de Gestión de Licencias de Obras y Actividades, P. A., la T. A. G. jefe del Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, María Ángeles Chincolla Bernaza.

(01/1.940/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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