Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
10-02-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260210-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad

38
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 26 de diciembre de 2025, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026-2027 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de prevención del sinhogarismo y atención a personas sin hogar, que complementen las actuaciones de la Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio

BDNS Identif: 881110

Primero. Beneficiarios.—Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.

Segundo. Objeto.—Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo en materia de prevención del sinhogarismo y atención a personas sin hogar.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 700.000 euros con cargo a los presupuestos de los años 2026 y 2027.

Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:

— Primer tramo: mayor de 90 y hasta 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 100.000 euros para el conjunto de ambas anualidades.

— Segundo tramo: mayor de 80 y hasta 90 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 80.000 euros para el conjunto de ambas anualidades.

— Tercer tramo: de 70 a 80 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 60.000 euros para el conjunto de ambas anualidades.

En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 80 % del coste total del proyecto presentado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

Séptimo. Publicación.—La resolución definitiva se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es y en la página web www.madrid.es.

Octavo. Otros datos.—Los modelos de formularios podrán obtenerse en la web municipal www.madrid.es y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

La solicitud de subvención se tramitará a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es. Para ello, se cumplimentará el formulario de solicitud acompañado de los Anexos I (Memoria de la entidad solicitante) y II (Memoria explicativa del proyecto), y de la documentación correspondiente, y se presentará por vía telemática, firmado electrónicamente por quien represente legalmente a la entidad o agrupación, junto con la documentación complementaria requerida en la convocatoria.

Madrid, a 26 de diciembre de 2025.—El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.

(03/1.653/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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