Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
09-02-2026

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260209-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO de la Resolución del Rector por la que se convocan las Ayudas al Estudio para Situaciones Socioeconómicas Desfavorables. Curso 2025-2026.

BDNS (Identif.): 884282

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/884282 )

Primero

Convocatoria

La presente convocatoria consiste en un conjunto de ayudas destinadas a facilitar que los estudiantes afectados por situaciones socioeconómicas desfavorables puedan iniciar o continuar sus estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de grado y máster correspondientes al curso académico 2025-2026.

Segundo

Beneficiarios

Podrán solicitar las presentes ayudas el estudiantado que en el curso 2025-2026, cursen estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de Grado o Máster en la Universidad de Alcalá y que, entre otros requisitos, no superen una determinada renta además de unos determinados requisitos de aprovechamiento académico.

Tercero

Solicitudes

Los interesados deberán cumplimentar la solicitud telemática que estará disponible en la página Web de la UAH y presentar escaneada la documentación requerida siguiendo las indicaciones de la solicitud electrónica.

El plazo de presentación de las solicitudes será del 12 de febrero de 2026 al 6 de marzo de 2026 (ambos inclusive).

Cuarto

Ayudas

a) Ayuda para el coste de los precios públicos en primera y segunda matrícula. El importe de la ayuda se destinará a cubrir total o parcialmente la matrícula del curso académicos del estudiante. La cuantía máxima de la ayuda será el importe de los créditos en los que se haya matriculado el estudiante en el curso 2025-2026; no obstante, en el caso de estudios de grado, la cuantía de la ayuda en ningún caso superará el importe de los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo. En el caso de máster, el importe de la ayuda no podrá superar los 2.100 euros.

b) Ayuda al estudiantado con un buen aprovechamiento. Si existiese remanente tras el reparto de las ayudas indicadas en el párrafo anterior, se procederá a la concesión de esta ayuda. El remanente se distribuirá entre los beneficiarios a partes iguales hasta agotar la financiación existente.

c) Ayuda al estudiantado matriculado en un doble máster. El Vicerrectorado de Estudios de Posgrado, Formación Permanente y Extensión Universitaria ha decidido destinar una ayuda adicional al estudiantado matriculado en un doble máster dado que la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes no contempla la posibilidad de obtener dicha beca para estos estudiantes.

Alcalá de Henares, a 2 de febrero de 2026.—El Rector de la Universidad de Alcalá, José Vicente Saz Pérez.

(03/1.571/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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