Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260130-6

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2026, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, por la que se constituyen las relaciones de candidatos integradas por los listados de candidatos remitidos por el Instituto Nacional de Administración Pública derivados de la oferta de empleo público de los ejercicios 2023 y 2024, para la provisión, con carácter interino, de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional en las entidades locales de la Comunidad de Madrid.

El artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que son funciones públicas necesarias en todas las corporaciones locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada al personal funcionario con habilitación de carácter nacional, las de fe pública y asesoramiento legal preceptivo, las de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria, y las de contabilidad, tesorería y recaudación.

La escala del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, según lo dispuesto en el apartado segundo del referido precepto, está subdividida en las subescalas de Secretaría, Intervención-Tesorería y Secretaría-Intervención.

El artículo 92 bis apartado 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, señala que le corresponde al Gobierno, mediante Real Decreto, regular las especialidades correspondientes a la forma de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, atribuyendo, en su apartado 7, la competencia a las comunidades autónomas, para efectuar, de conformidad con la normativa estatal, nombramientos temporales para cubrir puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El desarrollo reglamentario previsto en el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se produce con la aprobación del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Asimismo, el apartado segundo del artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, regula la posibilidad que tienen las comunidades autónomas para constituir, en su ámbito territorial, una relación de candidatos para la provisión, con carácter interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, estableciendo la preferencia de aquellos candidatos que hubiesen aprobado algún ejercicio en las pruebas de acceso a la subescala correspondiente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 bis apartado 5 de la Ley 7/1985, la selección de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional corresponde a la Administración del Estado, ministerio competente por razón de la materia.

En el ejercicio de la potestad conferida en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, relativa a la constitución de listados de candidatos y en la disposición final primera de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que autoriza al Gobierno de la Comunidad de Madrid, a dictar los reglamentos necesarios para su ejecución, se dicta el Decreto 8/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por funcionarios interinos, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid.

La finalidad perseguida es la garantía del ejercicio de las funciones reservadas, necesarias y obligatorias en todos los municipios, cuando no fuera posible su provisión por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el nombramiento de funcionarios interinos en puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9.3 del Decreto 8/2024, de 31 de enero, “las listas de candidatos se constituirán únicamente con las relaciones de candidatos que a tal efecto remita el Instituto Nacional de Administración Pública en virtud de la Orden TFP/297/2019, de 7 de marzo, a los efectos de su inclusión en la lista que constituyan las Comunidades Autónomas para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional”. Y de la previsión contenida en el apartado 4 de este artículo 9 “Las listas de candidatos se aprobarán mediante resolución del centro directivo competente en materia de Administración Local”.

A la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el artículo 53.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, en el artículo 9, apartado 5, del Decreto 8/2024, de 31 de enero, y en el artículo 13.4 k) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, la Dirección General de Reequilibrio Territorial,

RESUELVE

Primero

Constitución de las relaciones de candidatos integradas por los listados de candidatos remitidos por el Instituto Nacional de Administración Pública derivados de la oferta de empleo público de los ejercicios 2023 y 2024, para la provisión, con carácter interino, de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional en las entidades locales de la Comunidad de Madrid

Constituir, atendiendo a las relaciones de candidatos integradas por los listados remitidos por el Instituto Nacional de Administración Pública derivados de la oferta de empleo público de los ejercicios 2023 y 2024, respecto de los aspirantes que han superado al menos uno de los ejercicios, las relaciones de candidatos para la provisión, con carácter interino, de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional en las entidades locales de la Comunidad de Madrid, para cada una de las tres subescalas: Subescala Secretaría-Intervención, Subescala Secretaría, y Subescala Intervención-Tesorería, que se adjuntan a esta Resolución como Anexo I, Anexo II y Anexo III.

Segundo

Efectos

La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en la subhome de la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.6 del Decreto 8/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por funcionarios interinos, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Recursos

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Presidencia y Administración Local, o directamente ante el Director General de Reequilibrio Territorial en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

En Madrid, a 19 de enero de 2026.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.



















(03/901/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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