Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2026

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260130-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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EXTRACTO de la Orden 81/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se articula para el año 2026 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el FEAGA y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control cofinanciadas por el FEADER, “Solicitud Única, pago correspondiente a los regímenes en favor del clima y el medio ambiente”.

BDNS (882797)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Objeto

Articular para el año 2026 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y las solicitudes de pago correspondientes a las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control (SIGC) cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Todo ello de conformidad con el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

Los agricultores que deseen solicitar la siguiente ayuda, deberán presentar una solicitud única, siempre que la explotación o la mayor parte de la superficie agraria de la misma se encuentre en la Comunidad de Madrid y en caso de no disponer de superficie agraria, deberán disponer del mayor número de animales en esta Comunidad:

— El pago correspondiente a los regímenes en favor del clima y el medio ambiente de acuerdo con el título III, capítulo II, sección 4.a del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre. Se establecen nueve ecorregímenes:

1.o Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Húmedos.

2.o Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Mediterráneos.

3.o Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano.

4.o Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo.

5.o Agricultura de carbono y agroecología: Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío.

6.o Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos.

7.o Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media.

8.o Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales.

9.o Agroecología: Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.

Segundo

Bases reguladoras

Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

Tercero

Financiación

Las ayudas directas se financian íntegramente por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

Cuarto

Plazo presentación solicitudes

El plazo de presentación de la solicitud única se iniciará el 1 de febrero de 2026 y finalizará el 30 de abril de 2026, ambos inclusive.

Quinto

Otros datos

La solicitud única se dirigirá a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y se presentará de forma telemática, a través de la dirección web: https://gestiona3.madrid.org/SgaCac/ProdInd . Para ello será imprescindible la utilización de DNI electrónico o certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 16 de enero de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.

(03/961/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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