Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
19-01-2026

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260119-31

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de una subestación transformadora 66/20 kV “Data4 Ardales”, ubicada en el polg. ind. SAU-8 “Los Ardales”, parcela P15, en el término municipal de San Agustín del Guadalix, solicitada por Data 4 Castilla, S. L. U. (N.o expediente: 2025P36-14-0141-00036.8/2025).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 15/1/2025 y referencia 10/029815.9/25 tiene entrada en esta Dirección General escrito de Data 4 Infraestructure Spain, S. L., en el que se solicita la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución visado en fecha 22/11/2024 por Valentín Ruiz Molina, con n.o de colegiado 4264/3494 del ICAI.

Segundo

Con fecha 4/11/2025 y referencia 10/930087.9/25 tiene entrada en esta Dirección General escrito de Data 4 Castilla, S. L. U., en el que se informa de la firma entre Data4 Infras­tructure Spain, S. L. U., e I-DE Redes Eléctricas Inteligentes de una adenda al convenio de electrificación (expediente n.o 9039666240), mediante la cual se formalizó la subrogación de Data4 Castilla, S. L. U., en todos los derechos, autorizaciones, permisos y obligaciones previamente conferidos a Data4 Infrastructure Spain, S.L.U., así como, de la solicitud de inclusión de los datos de Data4 Castilla, S. L. U., como titular a todos los efectos del expediente 2025P36.

Tercero

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas, esto es el Ayuntamiento de San Agustín de Guadalix y el Canal de Isabel II.

Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, se ha recibido informe del Ayuntamiento de San Agustín de Guadalix en el que se informa de su conformidad, al ajustarse el proyecto al ordenamiento urbanístico, y que ha sido aceptado por el solicitante.

Igualmente se ha recibido informe del Canal de Isabel II en el que se informa que, por la parcela donde se ubicará la futura subestación transformadora, discurre el colector A4 San Agustín del Guadalix por lo que el titular deberá, presentar una separata al proyecto de construcción en la que se justifique que su construcción no afectará a dicho colector, así como, obtener la conformidad al proyecto de construcción, a lo cual Data4 Castilla, S. L. U., informa que actualmente está en tramitación urbanística la Modificación del Plan Parcial del polígono “Los Ardales” por lo que la construcción de la subestación transformadora no afectará al colector A4 San Agustín de Guadalix ya que lo límites de la parcela serán modificados respetando y dejando fuera el colecto A4. Con todo ello y habiendo transcurrido el plazo de quince días establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010 sin que dicho organismo haya emitido un nuevo escrito se entiende su conformidad con la contestación dada por el peticionario.

Cuarto

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 12 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una subestación transformadora 66/20 kV “Data 4 Ardales” en Polg. Ind. SAU-8 “Los Ardales”, parcela P15, en el término municipal de San Agustín del Guadalix, solicitada por Data 4 Castilla, S. L. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 282, de 26 de noviembre de 2025).

Quinto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.

RESUELVE

Primero

Autorizar a Data 4 Castilla, S. L. U., la instalación de una subestación transformadora 66/20 kV “Data4 Ardales” en polg. ind. SAU-8 “Los Ardales”, parcela P15 del término municipal de San Agustín del Guadalix, cuyas características son:

— Nueva subestación denominada Data 4 Ardales 66/20 kV cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al huso 30, son:

ST “Data4 Ardales” (ISA306)

Coordenadas UTM: X-448.803; Y-4.502.261

• Sistema de 66 kV:

En instalación de interior y configuración de simple barra, compuesto por:

– Dos (2) posiciones de transformador (TF-1 y TF-2).

• Transformación:

– Dos (2) transformadores de potencia trifásicos (TF-1 y TF-2) con relación de transformación 66/20 kV, de 52/65 MVA (ONAN/ONAF), en baño de aceite.

• Sistema de 20 kV:

En instalación de interior y configuración de simple barra partida, compuesto por:

Barras A1:

– Cinco (5) posiciones de línea.

– Una (1) posición de transformador (TF-1).

– Una (1) posición de batería de condensadores (BC-1).

– Una (1) posición de servicios auxiliares (TSA-1) y medida.

– Una (1) posición de partición de barras (A1-A2).

Barras A2:

– Cinco (5) posiciones de línea.

– Una (1) posición de transformador (TF-2).

– Una (1) posición de batería de condensadores (BC-2).

– Una (1) posición de servicios auxiliares (TSA-2) y medida.

– Una (1) posición de unión de barras (A1-A2).

• Elementos auxiliares:

– Dos (2) reactancias trifásicas de puesta a tierra de 1000 A-10 segundos.

– Dos (2) transformadores trifásicos auxiliares con relación de transformación 20/0,4 kV y 250 kVA de potencia cada uno.

– Dos (2) baterías de condensadores de 7,2 MVAr cada una.

— Instalación de dos líneas eléctricas subterráneas de 66 kV, para alimentar la subestación Data 4 Ardales, las cuales provienen de la subestación anexa S. T. R. “Los Ardales”, perteneciente a la compañía distribuidora, que acometerán a dos sistemas GIS de 66 kV de simple barra y cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al huso 30, son:

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que, si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 23 de diciembre de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/196/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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