Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2026

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260113-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

13
ORDEN de 19 de diciembre de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro de determinadas cuantías a los beneficiarios de las subvenciones del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.

A los beneficiarios del Bono Alquiler Joven regulado en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, se les concedió una cuantía máxima de la citada subvención por las órdenes de concesión que a continuación se indican:

Orden 4698/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 20, de 24 de enero de 2023).

Orden 4707/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 20, de 24 de enero de 2023).

Orden 4724/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 20, de 24 de enero de 2023).

Orden 1018/2023, de 31 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 85, de 11 de abril de 2023).

Orden 1720/2023, de 23 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 129, de 1 de junio de 2023).

Orden de 6 de noviembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 271 de 14 de noviembre de 2023).

Habiendo obtenido la condición de beneficiarios, en la fase de justificación del importe de la concesión, a la vista de la documentación aportada corresponde declarar la pérdida del derecho al cobro de determinadas cuantías de la subvención concedida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2022, por el que se autoriza la concesión directa de las subvenciones del Bono Alquiler Joven reguladas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, y se autoriza el procedimiento aplicable para la tramitación y resolución de los procedimientos de su concesión y pago en la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención reconocida, en determinadas cuantías, de los beneficiarios que se incluyen en el listado que será publicado en la en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid https://sede.comunidad.madrid/ , con indicación de la cantidad dejada de percibir.

Segundo

Declarar la finalización del procedimiento con archivo del expediente.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de diciembre de 2025.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), la Directora General de Ayudas y Acceso a la Vivienda, Elena Rodríguez-Manzaneque García-Alcañiz.

(03/32/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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