Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
12-01-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260112-3

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

3
ORDEN 2954/2025, de 19 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, mediante la que se modifica la Orden 3200/2024, de 11 de diciembre, de la citada consejería, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el cuerpo de bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Inspector, Grupo A, Subgrupo A1.

Mediante Orden 3200/2024, de 11 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 307, de 26 de diciembre de 2024), se convocaron las pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Inspector, Grupo A, Subgrupo A1, publicándose una corrección de errores de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, del día 13 de junio de 2025.

Habiendo sido interpuesto recurso potestativo de reposición contra la aludida Orden de convocatoria, y toda vez que se ha dictado, con fecha 27 de noviembre de 2025, disposición estimatoria de la acción impugnatoria practicada, resulta obligado, en observancia de lo estipulado en el pronunciamiento recaído, proceder a la modificación de aquélla, con objeto de adecuar la reseñada Orden a determinada regulación fijada en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, así como en las bases 6.2 y 11.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio).

En virtud de lo expuesto, y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), esta Consejería,

DISPONE

Primero

Modificación de la Orden de convocatoria

Modificar, de acuerdo con los términos que a continuación se indican, la Orden 3200/2024, de 11 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Inspector, Grupo A, Subgrupo A1:

En la base segunda, apartado 1, la redacción del párrafo primero y de la letra c) será la que, en cada caso, se consigna de inmediato:

“1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en las bases 6.1 y 6.2.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, los siguientes:

(…)

c) Pertenecer como personal funcionario de carrera al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial de Área, Grupo A, Subgrupo A1 y haber prestado servicios efectivos como personal funcionario de carrera durante, al menos, dos años en la citada Categoría o equivalente.

Asimismo, podrá participar el personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentre prestando servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y que pertenezca en su Administración de origen a un Cuerpo, Escala, Especialidad o Categoría del Subgrupo A1 equivalente al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial de Área, Grupo A, Subgrupo A1, y haya prestado servicios efectivos como personal funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el Cuerpo, Escala, Especialidad o categoría funcionarial de procedencia”.

En la base séptima, apartado 1, el párrafo segundo del punto 1.1 tendrá el texto que se expone seguidamente:

“En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la fase de oposición de esta convocatoria, referida a los temas incluidos en el programa que figura como Anexo de esta Orden, así como a los temas incorporados en el Anexo bis de la misma, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas y se anuncie la celebración de su primer ejercicio, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente Orden y, teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que sustituya a la misma en la fecha de publicación ya indicada”.

En la base séptima, apartado 1, el punto 1.2.1 se ajustará al siguiente tenor:

“1.2.1. Primer ejercicio: contestación por escrito de un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por setenta y cinco preguntas sobre el programa de la fase de oposición, más cinco adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las setenta y cinco anteriores comprendidas en aquél.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de ochenta minutos.

En el supuesto de las personas aspirantes referidas en el apartado 1, letra c), de la base segunda de la presente Orden, que participan en el proceso en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, el cuestionario tipo test constará de ochenta preguntas, de las cuales las cinco primeras versarán sobre los temas contenidos en el Anexo bis de la presente Orden, y las setenta y cinco preguntas restantes versarán sobre el programa de la fase de oposición, más cinco adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las setenta y cinco anteriores. El tiempo máximo del que dispondrán dichas personas para la realización de este ejercicio será de ochenta y cinco minutos.

En ambos casos, para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, aquella en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas”.

En aplicación de lo determinado en el párrafo segundo de la base 11.2 de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid, se introduce en la enunciada Orden 3200/2024, de 11 de diciembre, conforme a los extremos siguientes, un Anexo bis, que contiene temas relativos a la organización y estructura de la Administración de la Comunidad de Madrid, y cuyo conocimiento ha de ser acreditado por las personas aspirantes que concurren al presente proceso con arreglo a lo previsto en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid:

“ANEXO BIS

1. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

2. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. La Presidencia de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades, composición, designación y remoción.

3. La Administración Autonómica: Organización y estructura básica. Las Consejerías, Organismos Autónomos y Entes que integran la misma”.

Segundo

Apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes

1. Se habilita un nuevo plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo convocado por la mencionada Orden 3200/2024, de 11 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

2. Las personas interesadas que, a la vista de lo establecido en el punto anterior, deseen tomar parte en las citadas pruebas selectivas, deberán cumplimentar y presentar su solicitud de conformidad con lo estipulado en las bases segunda, tercera y cuarta de la señalada Orden de convocatoria y en la base octava de la ya reiterada Orden 290/2018, de 27 de junio.

3. Las solicitudes para participar en el expresado proceso selectivo se deberán cumplimentar exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, accediendo mediante el enlace https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/bomberos-in... , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, desde la URL https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/inspector-bomberos

La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las indicaciones recogidas en la base tercera de la Orden 3200/2024, de 11 de diciembre.

4. No será necesario que presenten nueva solicitud de participación en las aludidas pruebas selectivas quienes figuran en la relación provisional de personas aspirantes admitidas a aquéllas, aprobada por Resolución de 6 de octubre de 2025, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 257, de 28 de octubre), y que puede ser objeto de consulta a través de los enlaces detallados en el punto precedente.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en cumplimiento de lo prescrito en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en aplicación de lo expuesto en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, a la 19 de diciembre de 2025.—La Directora General de Función Pública, por delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo.

(01/21.728/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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