Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
30-12-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251230-20

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 5891/2025, de 9 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda la reordenación y supresión de algunos centros de la Universidad a Distancia de Madrid, así como la redistribución de las enseñanzas adscritas a los mismos.

La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece en su artículo 97.3 que la creación, modificación y supresión de las estructuras en las que se organizan las universidades privadas, se efectuarán a propuesta de la universidad, en los términos previstos en su artículo 41.1, en el cual se establece que la creación, modificación y supresión de facultades y escuelas serán acordadas por la Comunidad Autónoma, a iniciativa de la universidad mediante propuesta y aprobación de su Consejo de Gobierno. Esta última referencia hay que entenderla referida al órgano al que las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas declaren competente a estos efectos.

En este sentido, la Universidad a Distancia de Madrid, solicita autorización para la reordenación de sus facultades, así como para la redistribución de las enseñanzas entre las mismas, de modo que la Facultad de Ciencias de la Salud y de la Educación se escinde en la Facultad de Psicología y Ciencias de la Salud y en la Facultad de Ciencias de la Educación; la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales y la antigua Escuela de Ciencias Técnicas e Ingeniería, se unifican en la nueva Facultad de Ciencias de la Empresa y la Tecnología; se suprime la Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades, reasignando sus enseñanzas a las nuevas Facultades y queda inalterada la Facultad de Ciencias Jurídicas.

Los motivos de esta reorganización quedan expuestos por la Universidad en la memoria justificativa que acompaña su solicitud y se sustentan básicamente en unos presupuestos de carácter académico, concretamente en la necesidad de dotar de una mayor coherencia organizativa el reparto de titulaciones entre los diferentes centros, coherencia que está fundamentalmente basada en la afinidad de los ámbitos de conocimiento a los que pertenecen las diferentes enseñanzas.

Esta decisión fue adoptada por el Consejo de Administración de la Universidad en la sesión celebrada el 12 de marzo de 2025, todo ello, de acuerdo con lo contemplado en los artículos 7.2 y 12.h) de sus normas de organización y funcionamiento aprobadas por Decreto 131/2008, de 31 de julio, del Consejo de Gobierno.

Finalmente, indicar que la propuesta ha sido informada favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 31 de octubre de 2025, de conformidad con lo establecido artículo 5.a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en relación con el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a propuesta de la Dirección General de Universidades,

DISPONGO

Primero

Reordenación de las Facultades y de la Escuela que componen la Universidad a Distancia de Madrid, así como la redistribución de sus enseñanzas a partir del curso académico 2025-2026

Acordar, a solicitud de la Universidad a Distancia de Madrid las siguientes modificaciones en sus Facultades y Escuela:

— La escisión de la Facultad de Ciencias de la Salud y de la Educación en dos facultades: la Facultad de Psicología y Ciencias de la Salud y la Facultad de Ciencias de la Educación.

— La unificación de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales y de la Escuela de Ciencias Técnicas e Ingeniería que pasarán a crear la nueva Facultad de Ciencias de la Empresa y la Tecnología.

— La supresión de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades, cuyas enseñanzas se adscriben a las Facultades de nueva creación.

En consecuencia, con la nueva estructura propuesta, la Universidad dispondrá de los siguientes centros:

— Facultad de Ciencias Jurídicas.

— Facultad de Ciencias de la Empresa y la Tecnología.

— Facultad de Psicología y Ciencias de la Salud.

— Facultad de Ciencias de la Educación.

Segundo

Enseñanzas adscritas a cada una de las Facultades

Acordar, a partir del curso académico 2025-2026, a iniciativa de la Universidad a Distancia de Madrid, la redistribución de titulaciones entre las facultades del modo que a continuación se relaciona:



Tercero

Modificación de las memorias de verificación

La Universidad deberá presentar ante el órgano de evaluación externo la solicitud de modificación de las memorias de verificación de las titulaciones afectadas, tanto por la supresión del centro en el que se venían impartiendo, como por el cambio de denominación del mismo, debiendo seguir para ello el procedimiento previsto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Cuarto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 9 de diciembre de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/21.014/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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