Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2025

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251220-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

4
ADENDA de 1 de diciembre de 2025, de primera prórroga del convenio en materia de asistencia jurídica entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Miguel López-Valverde Argüeso, Consejero de Digitalización de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 42/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26 de junio), en uso de las facultades que le confiere el artículo 5.2.b) de la Ley 14/2023, de 20 de diciembre, por la que se crea la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, actuando en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de la referida Agencia.

Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero

Con fecha de 24 de enero de 2025 fue suscrito el Convenio de asistencia jurídica a la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2025.

Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid de la Comunidad de Madrid a la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.

Segundo

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la cláusula cuarta del convenio establece que los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente y por escrito su prórroga por períodos anuales y hasta un máximo de cuatro años, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo previsto en el apartado anterior o de la finalización de la última prórroga acordada.

Tercero

Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar su prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2026, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.

Y de conformidad con ello suscriben el presente convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la cláusula 4.a del Convenio, las partes acuerdan prorrogar el Convenio de asistencia jurídica a la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, de 24 de enero de 2025, hasta el 31 de diciembre de 2026.

Segunda

Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas

Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.

Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2025.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, Miguel López-Valverde Argüeso.

(03/20.522/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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