Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
13-12-2025

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251213-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ADENDA de 20 de noviembre de 2025, de segunda prórroga del convenio entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid y la Fundación +34 para la atención a los madrileños en el exterior.

En Madrid, a 20 de noviembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 213, de 7 de septiembre) actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la ley estatal 4/1999, de 13 de enero y en virtud del artículo 3.2 del Decreto 48/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, Don Francisco Javier Casado Martín, representante legal de la Fundación +34 con CIF G-47725007, de conformidad con el artículo 12 de sus Estatutos y el apoderamiento otorgado en fecha 11 de febrero de 2019 ante la Notaria del Ilustre Colegio de Valladolid, Teresa Hervella Durántez, por el que se concede poder a don Francisco Javier Casado Martín para ejecutar de forma solidaria y sin limitación alguna, entre otras, la facultad de gestión general de negociar, formalizar y perfeccionar todas las clases de convenios con cualquier persona, sea pública o privada, nacional o extranjera, física o jurídica o sociales.

Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos, y en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente adenda al convenio suscrito por ambas partes, y al efecto

EXPONEN

Primero

Que con fecha 10 de noviembre de 2023, se suscribió un convenio entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y la Fundación +34 para regular la colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Fundación +34 para atender a madrileños en el exterior que se encuentren en situación de vulnerabilidad, entre ellos, aquellos que se encuentren en situación de necesidad asistencial, así como los que estén cumpliendo penas de privación de libertad en el extranjero.

Segundo

Que conforme a lo establecido en el punto 1 de la cláusula octava del convenio, este entró en vigor en el momento de su firma, que no será anterior al día 12 de noviembre de 2023 y estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2024, siendo prorrogable hasta un máximo de cuatro años adicionales mediante la celebración de sucesivas prórrogas de un año de duración cada una y que se formalizarán por acuerdo expreso de las partes antes de la finalización de su periodo de vigencia.

Tercero

Que con fecha 5 de noviembre de 2024 se firmó Adenda de primera prórroga y modificación al convenio con efectos desde 1 de diciembre de 2024 hasta 30 de noviembre de 2025.

Cuarto

Que las partes manifiestan su satisfacción por los resultados obtenidos en la colaboración desarrollada considerando necesario realizar la segunda prórroga del convenio cuyas obligaciones asumidas se entienden vigentes según lo que se indica en los apartados siguientes, manteniendo la aportación de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, para el desarrollo adecuado de los fines del convenio.

En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta adenda de segunda prórroga estiman de interés mutuo y necesario continuar con dicha colaboración de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto de la segunda prórroga y vigencia

Las partes firmantes acuerdan mediante la presente Adenda, la segunda prórroga del convenio firmado en fecha 10 de noviembre de 2023 y prorrogado hasta 30 de noviembre de 2025, extendiéndose los efectos de la presente Adenda desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026.

Segunda

Obligaciones de las partes

Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.

Las obligaciones y compromisos asumidas por las partes en el convenio suscrito el 10 de noviembre de 2023 objeto de la presente Adenda se entenderán vigentes a partir de la fecha de efectos de la prórroga, esto es 1 de diciembre de 2025.

Tercera

Régimen jurídico

Esta Adenda se rige por lo dispuesto en la normativa de aplicación en el momento de la firma del Convenio.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes firman la Adenda de segunda prórroga al Convenio electrónicamente, siendo su fecha la correspondiente a la fecha de las últimas de sus firmas.

Madrid, a 20 de noviembre de 2025.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El representante legal de Fundación +34, Francisco Javier Casado Martín.

(03/20.097/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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