Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
05-12-2025

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251205-29

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ADENDA de 20 de noviembre de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Confederación Española de Organizaciones de mayores (CEOMA) para el impulso de actuaciones dirigidas a las personas mayores en el ámbito de la información y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 20 de noviembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y al artículo 3, apartado 2, del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, D. José Luis Fernández Santillana, en calidad de presidente de la Confederación Española de Organizaciones de mayores (en adelante CEOMA), actuando en nombre y representación de la citada entidad según escrituras de protocolización de acuerdos y de elevación a público de acuerdos sociales, otorgadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Fernando Pérez Alcalá del Olmo, el 13 de junio de 2024, con el número de protocolo dos mil quinientos veintitrés y con los poderes y capacidad jurídica para firmar convenios, conferidos en la Asamblea General de CEOMA de fecha 12 de junio de 2024 elevado a público en escritura el 14 de junio de 2024, y conforme al bastanteo de poderes ratificado por la Letrada de la Comunidad de Madrid de 25 de febrero de 2025.

Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar suficiente para suscribir la presente Adenda y a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que con fecha 27 de mayo de 2025 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, y la entidad CEOMA, para impulsar actuaciones dirigidas a las personas mayores en el ámbito de la información y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.

En el marco de este convenio se han venido desarrollando distintos tipos de actuaciones de comunicación y sensibilización sobre las necesidades de trato en la atención de las personas mayores, que fomenten una atención de carácter preferente, personalizada y especializada para las personas mayores, así como acciones formativas y de concienciación orientadas a facilitar el acceso de las personas mayores a los servicios y trámites que presta la Comunidad de Madrid.

II. Que, según lo contemplado en la cláusula octava de dicho convenio, las partes firmantes acordaron una vigencia desde la fecha de su firma hasta el 30 de noviembre de 2025, con posibilidad de poder prorrogarlo, mediante acuerdo expreso de las partes, por un período máximo de cuatro años adicionales.

III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y reconocen mutuamente el buen cumplimiento del convenio.

IV. Que la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en materia de atención e información al ciudadano y la organización de carácter confederal e intersectorial CEOMA, manifiestan su interés en prorrogar el referido Convenio y ampliar así su vigencia.

V. Que, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes, anticipadamente a la terminación de su duración, acuerdan formalizar su prórroga por un período adicional de un año de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del Convenio

Las partes firmantes acuerdan la prórroga por un año del convenio de colaboración suscrito con fecha 27 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración local, y CEOMA, para impulsar actuaciones dirigidas a las personas mayores en el ámbito de la información y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid, cuya vigencia comprende desde la fecha de su firma hasta el 30 de noviembre de 2025.

Por lo tanto, los efectos de la presente Adenda de prórroga de este convenio de colaboración se extenderán desde el día 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.

Segunda

Compromisos

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones previstas en el articulado del convenio, dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio de colaboración, con excepción de lo contenido en la cláusula sexta de “Compromisos económicos” que, mediante la presente adenda, las partes acuerdan modificar con la siguiente redacción:

“La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, aportará para el cumplimiento del objetivo previsto en este convenio la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros), con cargo a la partida presupuestaria 22802 “Convenios con instituciones sin fines de lucro” del programa presupuestario 921T de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, del Presupuesto de la Comunidad de Madrid de 2025.

Esta aportación económica se realizará en dos pagos, previa acreditación por CEOMA de los gastos incurridos en cada período mediante la presentación de la documentación acreditativa que se establece en esta cláusula. Estos pagos se ejecutarán mediante el ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto comunique la entidad. El primer pago se realizará una vez transcurridos los primeros tres meses de vigencia del convenio, disponiendo la entidad, a partir de entonces, de un plazo máximo de 30 días para la presentación de la documentación acreditativa de los gastos incurridos en este período. El segundo pago se realizará una vez haya finalizado el plazo total de vigencia, disponiendo la entidad, a partir de entonces, de un plazo máximo de 7 días para presentar la documentación acreditativa del gasto incurrido en este período.

A tal fin, CEOMA se compromete a presentar a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, a través de la Dirección General de Atención al Ciudadano y Transparencia, como documentación acreditativa de los gastos incurridos, una cuenta justificativa que contendrá una memoria de actuaciones y una memoria económica que identificará detalladamente los gastos realizados, así como las correspondientes facturas y los justificantes de pago, realizados en ejecución del convenio.

CEOMA estará obligada a facilitar cuanta información le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, el Tribunal de Cuentas o la Cámara de Cuentas. Asimismo, la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrá realizar las actuaciones de comprobación sobre el destino o aplicación de los fondos públicos, de conformidad con el Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid”.

Tercera

Régimen Jurídico

La regulación establecida en esta Adenda se ajustará, en todo lo no específicamente regulado en ella, al régimen jurídico establecido en las cláusulas del Convenio que trae causa, por lo tanto, permanecerán plenamente vigentes e inalteradas las cláusulas pactadas en el citado convenio de colaboración hasta la extinción de la presente Adenda.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente Adenda, siendo la fecha y el lugar de formalización de la misma la que figure en el encabezamiento.

En Madrid, a 20 de noviembre de 2025.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—En representación de CEOMA, José Luis Fernández Santillana.

(03/19.610/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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