Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2025

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251128-37

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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ORDEN 1981/2025, de 18 de noviembre, de la Consejera de Sanidad, de corrección de errores de la Orden 1518/2025, de 30 de septiembre, por la que se modifica la Orden de 13 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para los años 2025, 2026 y 2027.

Mediante Orden 2178/2024, de 13 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para los años 2025, 2026 y 2027. Esta orden ha sido modificada por la Orden 177/2025, de 24 de febrero, de la Consejera de Sanidad, y, por la Orden1518/2025, de 30 de septiembre, de la Consejera de Sanidad, por las que se modificaba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería.

Posteriormente, se han advertido errores en la Orden 1518/2025, de 30 de septiembre, en el importe del coste total previsto en la ejecución de cada una de las líneas de subvención contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027; concretamente, en la línea de subvención denominada “Corporaciones Locales”, destinada a la promoción de la salud en el ámbito municipal, del órgano instructor Dirección General de Salud Pública (Programa 313B y subconcepto 46309).

De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se indica que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”,

DISPONGO

Primero

Proceder a la corrección de los errores advertidos en el Anexo, apartado 4, Líneas de subvención, en los siguientes términos:

Donde dice:

Cinco. Se modifican los importes de la tabla insertada en el último lugar del punto 4. Líneas de subvención, quedando como se establece en la página siguiente:

Debe decir:

Cinco. Se modifican los importes de la tabla insertada en el último lugar del punto 4. Líneas de subvención, quedando como se establece en la página siguiente:

Segundo

Publicar la siguiente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Madrid, a 18 de noviembre de 2025.

La Consejera de Sanidad, FÁTIMA MATUTE TERESA

(03/19.065/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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