Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251128-30

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 5622/2025, de 7 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se conceden los premios correspondientes al XXXII Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

Mediante la Orden 4041/2023, de 22 de octubre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se aprobaron las bases reguladoras del Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

La convocatoria correspondiente al curso 2024-2025 se ha efectuado en virtud de la Orden 396/2025, de 17 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XXXII Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2024-2025.

Actualmente, la consejería competente en materia de Educación es la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

El jurado, según consta en el acta de la reunión de fecha 12 de junio de 2025, constituido de conformidad con el artículo 12 de la Orden 4041/2023, de 22 de octubre, y el dispongo undécimo de la Orden 396/2025, de 17 de febrero, ha emitido y trasladado la propuesta de premios a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, como órgano instructor del procedimiento.

Vista la propuesta de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza y el fallo emitido por el jurado, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Orden 4041/2023, de 22 de octubre, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Concesión de premios

Conceder los premios correspondientes al curso escolar 2024-2025 del XXXII Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid a los centros que se relacionan en esta Orden.

El resto de solicitudes no incluidas en esta Orden, se entenderán desistidas o excluidas, notificándose a los interesados por los medios oportunos.

Segundo

Asignación económica

La dotación económica asciende a 19.100 euros de acuerdo con el desglose que a continuación se detalla, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 3220, subconcepto 48500, imputándose íntegramente al ejercicio económico de 2025.











Tercero

Pago de las cuantías

La cuantía de los premios por modalidades, premios a la mejor dirección y menciones concedidos se agruparán por centro y se harán efectivos en un único pago. A los centros privados y privados concertados premiados se les remitirán los libramientos a la cuenta bancaria que proporcionen en la solicitud, mientras que a los centros de titularidad pública se les hará llegar a través de las direcciones de área territorial.

La cuantía de los premios correspondientes a los directores de teatro mejor valorados del certamen se librará a favor de los centros, quedando obligados a transferir dicha cuantía a las personas premiadas.

Todo ello de conformidad con el duodécimo dispongo de la Orden 396/2025, de 17 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el XXXII Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Obligaciones de los beneficiarios

Las obligaciones de los beneficiarios y el régimen de control serán los establecidos en el dispongo decimoquinto, Obligaciones del beneficiario y régimen de control, de la Orden 396/2025, de 17 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.

Quinto

Recursos

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 7 de noviembre de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/19.091/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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