Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2025

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251128-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 13 de noviembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar las subvenciones para la financiación de acciones de formación con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados para el ejercicio 2026.

Por Acuerdo de 10 de septiembre de 2025, del Consejo de Gobierno, se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para la financiación de acciones de formación con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados.

La concesión de estas ayudas, de conformidad con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, podrá realizarse de forma directa, sin concurrencia entre los solicitantes y sin la necesidad de valorar y resolver conjuntamente las solicitudes presentadas, sin que ello suponga menoscabo de los principios de igualdad y objetividad y con pleno respeto a los principios de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público.

De acuerdo con la precitada Ley 2/1995, de 8 de marzo, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.

De conformidad con el artículo 5.2 de las normas reguladoras de las subvenciones para la financiación de acciones de formación con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados, aprobadas por Acuerdo de 10 de septiembre de 2025, del Consejo de Gobierno, será necesario declarar anualmente los créditos destinados a la concesión de estas ayudas. Dicho acuerdo se engloba en el Plan Estratégico de subvenciones gestionadas por la Dirección General de Formación de la Comunidad de Madrid, aprobado por Orden de 12 de mayo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027, gestionadas por la Dirección General de Formación de la Comunidad de Madrid.

Estas subvenciones tienen como objetivo facilitar a los desempleados la obtención de un puesto de trabajo y a los empleadores la contratación de trabajadores con formación adecuada a sus necesidades, se propone la autorización de un gasto destinado a subvencionar, en régimen de concesión directa, a las empresas titulares de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid y a las entidades de formación que asuman por sí mismas o mediante convenios con otras empresas, el compromiso de contratación como mínimo del 40% de los alumnos que finalicen con resultado de apto las acciones formativas.

Las subvenciones contempladas en el citado acuerdo se financiarán con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal, que se distribuyen territorialmente, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, para subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

La tramitación anticipada de la declaración de crédito persigue el objetivo de que los fondos presupuestarios previstos para financiar estas ayudas se encuentren disponibles desde el 1 de enero de 2026, quedando el gasto condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2026.

Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el ordinal primero del artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7.1.a) de La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo la concesión de estas ayudas.

En consecuencia y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

RESUELVO

Primero

Declaración de crédito

Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas durante el año 2026 reguladas en el Acuerdo de 10 de septiembre de 2025 del Consejo de Gobierno por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para la financiación de acciones de formación con compromiso de contratación de los trabajadores desempleados, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, por importe total de 7.000.000 euros.

Este importe será distribuido de la siguiente manera:

— Línea 1 (empresas): 4.200.000 euros.

— Línea 2 (entidades de formación): 2.800.000 euros.

Segundo

Imputación presupuestaria del gasto

1. El crédito disponible se financiará con cargo al Subconcepto 49103 “Formación a trabajadores desempleados” del Programa 241A “Formación para el Empleo”, del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2026, Fondo: 2021/00090. Proyecto de Gasto: 2025/000487, por un importe de 7.000.000 euros.

2. La eficacia de esta orden queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Comunidad de Madrid para el año 2026 en el momento de la adquisición del compromiso de gasto.

Madrid, a 13 de noviembre de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 7 de mayo de 2024), la Viceconsejera de Economía y Empleo, María del Carmen Tejera Gimeno.

(03/19.079/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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