Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2025

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251124-52

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Chamartín

52
Madrid. Régimen económico. Distrito de Chamartín. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Convocatoria Pública del Certamen de Belenes en centros educativos del Distrito de Chamartín 2025.

BDNS (Identif.): 870269

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/870269 ).

Primero. Destinatarios.—Podrán presentarse al Certamen cualquier centro educativo ubicado en el distrito de Chamartín.

Cada centro educativo podrá presentar a concurso un único belén, que estará expuesto en su recinto.

Segundo. Objeto.—El Certamen de Belenes en centros educativos de Chamartín 2025, tiene como principal objetivo fomentar la creatividad y habilidades artísticas de los más jóvenes como forma de expresión, y desarrollar valores educativos y sociales asociados a la historia y tradiciones navideñas.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre 2013 y Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento.

Cuarto. Cuantía.—La concesión del premio no podrá ser en ningún caso antes del 31 de enero de 2026.

Se concederán dos premios dotados con las siguientes cantidades:

— Primer premio: 1.000 euros.

— Segundo premio: 800 euros.

La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno y no podrán otorgarse ex aequo. Por decisión del jurado, cualquiera de los premios podrá quedar desierto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el día 24 de noviembre de 2025, incluido.

Se podrán presentar las inscripciones:

a) Electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento,

https://sede.madrid.es . En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

El modelo de solicitud estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ). La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.

Los participantes junto a la solicitud de inscripción, podrá autorizar la consulta sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y el cumplimiento de la obligaciones por reintegro de subvenciones; en caso de no autorizar dicha consulta, deberá aportar necesariamente los documentos que justifiquen las circunstancias tributarias y con la Seguridad Social o deberá cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción en la que manifiesta que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, así como de no estar incursos en alguna de las causas señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla.

Sexto. Disposiciones del concurso y características de los belenes.—1. El belén deberá estar elaborado con cualquier tipo de material, y las figuras y representaciones que lo compongan deberán haber sido diseñadas y realizadas principalmente por el alumnado del centro educativo.

2. Los centros participantes deberán facilitar al jurado una presentación multimedia (vídeo y/o fotografías), de 3 minuto máximo de duración, que resuma el proceso de elaboración del belén, donde se aprecien, las siguientes situaciones:

— Implicación de la comunidad educativa en el proceso de elaboración del belén.

— Implicación del alumnado en la realización del belén.

— Confección o naturaleza de las diferentes figuras, elementos y piezas integrantes del belén, por parte del alumnado y/o demás participantes.

— Resultado final de la obra.

Dicho documento gráfico es un elemento obligatorio para que el jurado pueda llevar a cabo la valoración del belén, por lo que es necesario que la información requerida quede claramente explicitada, quedando excluido el centro educativo que no lo presente.

3. No se aceptan belenes vivientes.

4. El fallo será inapelable y se realizará con arreglo a los siguientes criterios de valoración:

— Grado de colaboración de la comunidad educativa del centro en el proyecto (profesorado, familias, personal no docente): Deberá figurar información e imágenes referidas al profesorado, familiares y personal no docentes participantes: 1 punto.

— Implicación del alumnado en la realización del belén: deberá aparecer información e imágenes referidas: 3,5 puntos.

• Cómo y quiénes han determinado el diseño del belén.

• Procedimiento utilizado para la organización y reparto de tareas.

• Descripción de las tareas realizadas por los alumnos.

• Procedimiento para el montaje final del belén.

— Confección o naturaleza de las diferentes figuras y elementos. Deberá aparecer información e imágenes que permitan valorar el modo y complejidad del proceso de elaboración de las figuras del belén (técnicas, materiales, etc.): 1,5 puntos.

— Visión armónica de la obra: Se valorará especialmente la presentación global del belén: composición equilibrada, distribución de los elementos, uso del espacio, iluminación, integración de las figuras y capacidad de transmitir una imagen visualmente atractiva y coherente. Se deberá aportar una grabación o imágenes que permitan apreciar el conjunto de la obra: 2 puntos.

— Originalidad: 2 puntos.

El jurado valorará cada obra con un máximo de 10 puntos.

El vídeo presentado por los centros educativos será la herramienta utilizada por el jurado para llevar a cabo la valoración, por lo que es imprescindible que aparezca la información referida a los criterios establecidos en este apartado. El vídeo se facilitará al jurado el día establecido para visitar el centro educativo.

5. El jurado del concurso será el encargado de valorar los trabajos realizados, y de proponer, de los centros participantes, los que resulten premiados. El jurado podrá declarar desierto el concurso.

6. Se asignará el primer premio al belén que obtenga la mayor puntuación; el segundo premio al que obtenga la segunda mejor puntuación. El Jurado es el responsable de la interpretación de las presentes bases, así como, de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas. Asimismo, el Distrito de Chamartín se reserva el derecho de hacer las modificaciones o tomar las iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que contribuyan al mayor éxito del Certamen.

Madrid, a 21 de noviembre de 2025.—El concejal del Distrito de Chamartín, Yolanda Estrada Madrid.

(03/19.270/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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