Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
19-11-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251119-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcorcón. Régimen económico. Padrones fiscales

Por acuerdos de la JGL, de fecha 4 de noviembre de 2025, se ha aprobado el alta y liquidación del padrón de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local para el ejercicio 2025. Por todo ello, se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago, que el citado padrón estará expuesto en el Departamento de Rentas (Plaza de los Reyes de España, número 1) durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En el plazo de un mes desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición se podrán interponer los siguientes recursos:

— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativa, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto. En este caso, no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.

— Directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Administrativas de Alcorcón dirigida al órgano que dictó el acto.

— Cualquier otro que estime pertinente.

Según lo establecido en el art. 62 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, al tratarse de liquidaciones de notificación individual, el periodo de cobro en vía voluntaria de las liquidaciones aprobadas con motivo del alta en el padrón de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local del año 2025 serán los siguientes:

— Las notificaciones de las liquidaciones efectuadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

— Las efectuadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior y, si ese no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Desde el día siguiente a la finalización del periodo de pago en voluntaria, se podrán interponer los recursos anteriormente descritos y que aparecen en la notificación de la liquidación.

El ingreso de las cuotas se realizará en las oficinas de los bancos y cajas de ahorro que se indican en las liquidaciones que se enviarán a los domicilios fiscales de los obligados al pago. Los horarios y días hábiles de pago serán los establecidos por cada una de las entidades de depósito.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas pendientes de pago serán exigidas en vía ejecutiva, con los recargos legales e intereses de demora correspondientes, según lo previsto en los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Alcorcón, a 7 de noviembre de 2025.—La concejala-secretaria de la J. G. L., Sonia López Cedena.

(01/18.445/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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