Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2025

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251031-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Griñón. Organización y funcionamiento. Ordenanza fiscal

El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de octubre de 2025, acordó la aprobación inicial de la modificación de las ordenanzas fiscales que se detallan a continuación:

— Ordenanza fiscal n.o 1, general de gestión, recaudación e inspección de tributos y otros ingresos de derecho público locales.

— Ordenanza fiscal n.o 4, reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Ordenanza fiscal n.o 5 reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

— Ordenanza fiscal n.o 6, reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

— Ordenanzas fiscal n.o 7, reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida de residuos de sólidos urbanos.

— ordenanza fiscal n.o 13, reguladora de la tasa por expedición de títulos habilitantes de naturaleza urbanística.

— Ordenanza fiscal n.o 14, reguladora de la tasa por apertura de establecimientos/ prestación de servicios administrativos para la tramitación de actividades e instalaciones sujetas a licencias u otros medios.

— Ordenanza fiscal n.o 15, reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones u observaciones que estimen oportunas. El texto íntegro de las ordenanzas modificada se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Griñón ( grinon.sedelectronica.es ).

Además, y según lo dispuesto en el art. 17.2.del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se publicará el anuncio en un diario de máxima difusión de la provincia o de la comunidad autónoma uniprovincial.

Finalizado el período de exposición pública, las corporaciones locales adoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

En Griñón, a 29 de octubre de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda, Amalio Rodríguez Martín.

(03/17.771/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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