Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251029-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 4833/2025, de 7 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se publica el listado de solicitantes excluidos en la convocatoria para el año 2025 de las ayudas a los ayuntamientos de la región para colaborar en el sostenimiento de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio, en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa.

La Orden 1438/2023, de 27 de abril, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, estableció las bases reguladoras de la colaboración económica de la Comunidad de Madrid con los ayuntamientos de la región para el sostenimiento de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa.

Mediante la Orden 2074/2025, de 10 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se convocaron para el año 2025 las citadas ayudas y se establecieron los requisitos para ser beneficiarios de las mismas.

En uso de las competencias atribuidas por el artículo 12 de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Ayuntamientos excluidos

Los ayuntamientos que han resultado excluidos al no cumplir alguno de los supuestos de la Orden 1438/2023, de 27 de abril y de la Orden 2074/2025, de 10 de junio, aparecen reflejados en el Anexo.

Segundo

Recursos

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 7 de octubre de 2025.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades) el Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, Juan Alberto Gutiérrez Romero.

(03/16.980/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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