Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2025

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251029-102

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

102
Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 20 de octubre de 2025, punto 13.o del orden del día, por la que se convocan la concesión de ayudas destinadas a desarrollar el programa Campaña de Reyes: Juguetes para todos/as, en el ámbito de la Concejalía de Bienestar, correspondiente al año 2025-2026. (Código Convocatoria: 2025/2025/3/640825/000).

BDNS 863894

Primero. Bases reguladoras.—Bases aprobadas en J.G.L. de 26/9/2022 para la inclusión de menores en el programa denominado Campaña de Reyes: Juguetes para todos/as, y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento Bases para la concesión de ayudas para la adquisición de juguetes, campaña de Navidad 2012-2013 ( ayto-torrejon.es ) o en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/10/06/BOCM-20221006-77.PDF

Segundo. Objeto.—El objeto del programa es favorecer, en fechas tan especiales, navidades y reyes, el bienestar e igualdad, en pro de la integración social de menores pertenecientes a familias más desfavorecidas del municipio, perceptoras de ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción, y/o en procesos de integración social con escasos recursos económicos.

Tercero. Beneficiarios.—Podrán participar en el programa, menores con edades comprendidas entre los 2 años y 9 nueve años (a cumplir antes del 31/12/2025), pertenecientes a familias que han de constar empadronadas en el mismo domicilio y residir de forma efectiva en la ciudad de Torrejón de Ardoz, con anterioridad a 1 de enero de 2025. El requisito de empadronamiento y residencia efectiva deberá concurrir tanto en el solicitante, titular de la patria potestad/tutela que tenga atribuida la guarda y custodia del menor, como por los menores a incluir en el programa.

Las familias deberán ser perceptoras en activo, sin suspensiones por causas imputables a las personas que integran la unidad familiar, de la prestación económica denominada Renta Mínima de Inserción, o perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, con resolución favorable y vigente.

En el caso de familias cuyos progenitores estén separados de hecho o de derecho, o divorciados, solo podrán formular solicitud de inclusión en el programa municipal el progenitor que ostente la guarda y custodia del menor, y sea titular de la renta mínima inserción o ingreso mínimo vital. En el supuesto de guarda y custodia compartida solo podrá formularla uno de ellos.

Podrán ser incluidos en la campaña de oficio, a propuesta de los técnicos de los servicios sociales municipales, en atención a la intervención social continuada que se está desarrollando con el menor y /o su familia. Siempre y cuando se cumpla el requisito de edad.

Cuarto. Cuantía.—El crédito presupuestario disponible para la concesión de este tipo de ayudas se imputará a la aplicación presupuestaria que en 2026 se corresponda con la A.P 110 23100 48001 “Ayudas Sociales”, por un máximo de 6.000,00 euros. En función de las solicitudes presentadas y el número de menores que resulten beneficiarios, se determinará el valor del juguete a asignar a cada menor. Este valor no podrá ser inferior a 15,00 euros, ni superior a 45,00 euros por menor. El abono de las ayudas en especie se instrumentalizará previa suscripción de contrato de suministro de juegos/juguetes.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Los impresos de solicitud y cuanta información se precise para formular la solicitud serán facilitados en la Concejalía de Bienestar.

La solicitud y la correspondiente documentación deberá presentarse a través del Registro Municipal del Ayto. de Torrejón de Ardoz, sito en Avda. Virgen de Loreto, n.o 2, en horario de 8:30 a 13:30 h (de lunes a viernes no festivos).

El plazo para solicitar la subvención será del 14 al 21 de noviembre de 2025 (ambos inclusive).

La publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, se realizará el día 27 de noviembre de 2025, a las 12:00 h en la Concejalía de Bienestar, abriéndose plazo de alegaciones de 5 días, a contar desde el siguiente a la publicación; las alegaciones deberán formulares por escrito a través del Registro Municipal de la Concejalía de Bienestar.

Resuelta definitivamente la convocatoria, se procederá a publicar las listas definitivas de concesiones y denegaciones el día 11 de diciembre de 2025 en la Concejalía de Bienestar. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, computándose tanto en este como aquel del día siguiente de la publicación. Transcurrido el plazo máximo de resolución sin que esta haya recaído, se estimará denegada la solicitud.

Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva.

Torrejon de Ardoz, a 22 de octubre de 2025.—El alcalde, Alejandro Navarro Prieto.

(03/17.248/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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