Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
26-09-2025

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250926-41

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

41
RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la subestación transformadora 45/11 kV STC ESMAD y su línea asociada de 45 kV ubicadas en C/ Fundidores, número 40, en el término municipal de Getafe, solicitado por Merlín Properties Socimi, S. A. Número expediente: 2025P108 - 14-0141-00108.7/2025.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 3 de febrero de 2025 y referencia 10/082928.9/25 tiene entrada en esta Dirección General escrito de Merlín Properties Socimi, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado en fecha 28 de enero de 2025 por Jaime Antonio Galindo Salvador, con n.o de colegiado 8336 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón.

Con fecha 3 de abril de 2025 se presenta nuevo anexo al proyecto indicado, firmado por el citado proyectista.

Segundo

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de la subestación transformadora 45/11 kV STC ESMAD y su línea asociada de 45 kV en C/ Fundidores, número 40 en el término municipal de Getafe, solicitada por Merlin Properties Socimi, S. A. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 132, de 4 de junio de 2025).

Tercero

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de Getafe y Canal de Isabel II.

Con fecha 3 de julio de 2025, durante el plazo de exposición del proyecto en cuestión a información pública, tiene lugar escrito de alegaciones en esta Dirección General por parte del Canal de Isabel II, indicando las posibles afecciones que puede tener la ejecución del proyecto a determinadas infraestructuras de dicho organismo. Con fecha 16 de julio de 2025 esta Dirección General traslada al Canal de Isabel II escrito de contestación por parte del titular del proyecto indicando la aceptación de lo indicado por dicho organismo y mostrando la no afección del proyecto a sus infraestructuras. Transcurrido el plazo de quince días conforme a lo dispuesto en el artículo 11.4 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, esta Dirección General no ha recibido de nuevo contestación por parte del organismo citado, por lo que se entiende la conformidad con la contestación emitida por el titular.

Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se han recibido contestaciones de ninguno del resto de los organismos indicados.

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.

RESUELVE

Primero

Autorizar a Merlín Properties Socimi, S. A., la instalación de la subestación transformadora 45/11 kV STC ESMAD y su línea asociada de 45 kV en C/ Fundidores, número 40, del término municipal de Getafe, cuyas características y ubicación - en coordenadas UTM referidas al huso 30 - son:

STC ESMAD (ISA284) – X: 441094; Y: 4462384

Sistema de 45 kV: interior con aislamiento en SF6, con configuración en simple barra, formado por:

— Una (1) posición de línea-transformador.

— Una (1) posición de medida de barras sin interruptor.

Transformación:

— Un (1) transformador trifásico de potencia 40MVA y relación 45/11 kV, con grupo de conexión Dyn11, instalado en edificio.

Sistema de 11 kV: interior con aislamiento al aire, con configuración en simple barra, formado por:

— Una (1) posición de línea.

— Una (1) posición de transformador de potencia.

— Una (1) posición de reserva.

La subestación transformadora STC ESMAD vendrá alimentada por la línea de 45 kV, objeto del presente proyecto, y procedente de la subestación SMR Hilanderas, con las siguientes características:

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 8 de septiembre de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/14.627/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250926-41