Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
25-09-2025

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250925-19

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

19
ADENDA de 5 de mayo de 2025, de modificación del convenio de colaboración en materia de formación del profesorado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la entidad Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid.

REUNIDOS

De una parte, D. David Cervera Olivares, Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, nombrado por Decreto 198/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del titular de la Consejería efectuada por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

De otra parte, D. Amador Sánchez Sánchez, Decano del Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de las facultades de representación de la entidad que le atribuye el artículo 38.1 de sus estatutos.

Actuando en el ejercicio de sus cargos y con la representación que ostentan, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica para suscribir esta adenda y, en su virtud,

EXPONEN

Primero

La Comunidad de Madrid, y la entidad Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid suscribieron el día 22 de junio de 2020 un convenio de colaboración en materia de formación del profesorado. Con fecha 18 de junio de 2024 se firmó adenda modificativa en materia de protección de datos y de prórroga del convenio inicial firmado en 2020, por cuatro años adicionales, extendiendo su vigencia desde el 22 de junio de 2024 hasta el 21 de junio de 2028.

Segundo

Hasta la fecha, se han cumplido los objetivos propuestos en la firma del convenio.

Tercero

El Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid tiene entre sus fines organizar cursos y diversas actividades dirigidas a la formación y perfeccionamiento profesional de sus colegiados, en especial a la formación permanente del profesorado, así como facilitar la formación de postgrado de los colegiados, directamente o colaborando con las universidades y otras instituciones públicas, privadas, nacionales o Internacionales.

Cuarto

Mediante la presente adenda se pretende otorgar una especial relevancia al proyecto denominado “Universidad de Otoño”, convirtiéndose ambas partes en colaboradores institucionales para la promoción, convocatoria y realización del proyecto.

El Proyecto “Universidad de Otoño” integra actividades de definición, diseño y organización de un programa de formación permanente del profesorado de todos los niveles educativos desde enfoques disciplinares, interdisciplinares o transversales. Estas actividades se desarrollan durante el primer trimestre de cada curso escolar, en torno a un lema relevante para el contexto de la educación madrileña, y siguiendo los criterios establecidos en el Plan de Formación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.

Quinto

El Proyecto “Universidad de Otoño” se caracteriza por los siguientes elementos:

a) Cada edición de la Universidad de Otoño incluye una selección de cursos en los que se tratan aspectos como nuevas tendencias metodológicas, cuestiones pedagógicas y organizativas, competencias profesionales, actitudes, valores, convivencia en los centros educativos, entre otros. Algunos cursos están dirigidos a niveles específicos del sistema educativo, mientras que otros tienen un enfoque internivelar. Según la procedencia de los asistentes, los cursos se imparten en las instalaciones del Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid de Madrid, así como en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid. También se ofrecen sesiones mediante webinars síncronos, y en ocasiones, las actividades se desarrollan en lugares singulares como museos, monumentos o laboratorios.

b) Encuentro entre autoridades, ponentes y docentes. El acto central de la Universidad de Otoño reúne a autoridades, docentes y futuros docentes. Se celebra en el salón de actos de la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid y se concibe como una jornada abierta, con la asistencia de todos los participantes en los cursos programados, y, cuando el aforo lo permite, la participación de estudiantes de Grados de Magisterio y del Máster de Profesorado, fomentando así un encuentro intergeneracional. Esta jornada consta de dos partes: un acto institucional, donde intervienen autoridades académicas e institucionales, quienes exponen proyectos y prioridades, al tiempo que recogen inquietudes del profesorado, y seguidamente, una conferencia-coloquio sobre un tema educativo de actualidad vinculado al lema de la edición. La conferencia es impartida por un ponente de reconocido prestigio, y está abierta a la participación de los asistentes.

Sexto

Ambas partes expresan su voluntad de continuar desarrollando una actuación conjunta en el ámbito expresado y acuerdan suscribir una adenda de modificación, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Se modifica la cláusula cuarta del convenio suscrito el 22 de junio de 2020, quedando su redacción de la siguiente manera:

«Compromisos de las partes.

Para el cumplimento del objetivo señalado en la cláusula primera, la entidad Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid se compromete:

1. A presentar el plan de actividades de formación con carácter anual y de acuerdo con las Instrucciones que cada año se dictan por la Dirección General competente en la formación del personal docente no universitario.

2. A aportar las oportunas instalaciones, el personal técnico y de apoyo, así como el material y equipamiento suficientes para el desarrollo de las actividades de formación que se lleven a cabo, con las garantías de calidad necesarias.

3. A suministrar a la consejería competente en materia de Educación cuanta información le sea solicitada en relación con el desarrollo de las distintas actividades de formación, facilitando asimismo su supervisión mediante personal propio designado para ese fin por la consejería con competencia en materia de Educación a través de la Dirección General competente en la formación del personal docente no universitario.

4. A la remisión de la documentación necesaria para la certificación y registro de las actividades.

5. A considerar a la Comunidad de Madrid como “colaborador institucional” del Proyecto “Universidad de Otoño”, promoviendo directamente desde la Administración las comunicaciones de convocatoria y celebración del proyecto dirigido a docentes de enseñanzas no universitarias de la región.

Por su parte, la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid se compromete:

1. A examinar el contenido del plan de formación presentado, aprobando aquellas actividades que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre formación permanente del personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid, según el Decreto 120/2017, de 3 de octubre del Consejo de Gobierno, por el que se regula la formación permanente, la dedicación y la innovación del personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid y la Orden 2453/2018, de 25 de julio, de la Consejería de Educación e Investigación, que regula la formación permanente, la dedicación y la innovación del personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid.

2. A reconocer la participación del profesorado en las actividades de formación amparadas por el convenio a los efectos que la normativa vigente reconozca en cada caso. Para ello se procederá a su inscripción en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad de Madrid, que es la unidad encargada de la inscripción de los documentos acreditativos de la formación permanente y está adscrito a la Dirección General competente en la formación del personal docente no universitario, que es la responsable de su organización, gestión y funcionamiento.

3. A facilitar a la entidad Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid las instrucciones necesarias para la presentación de los documentos que acrediten la realización de las actividades de formación.

4. A incluir el Proyecto “Universidad de Otoño”, por su especial singularidad, como una actividad inherente al Plan de Formación de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza».

Segunda

Sin perjuicio de la modificación prevista en la cláusula anterior, se mantienen en vigor el resto de los términos y cláusulas del convenio de colaboración suscrito con fecha 22 de junio de 2020 entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación y Juventud (actualmente Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la entidad Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben la presente adenda de modificación del convenio de colaboración, en la fecha de la última firma consignada.

Madrid, a 5 de mayo de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, David Cervera Olivares.—Por el Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Comunidad de Madrid, el Decano Amador Sánchez Sánchez.

(03/14.656/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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