Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
05-09-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250905-1

Páginas: 17


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

1
ORDEN 1865/2025, de 21 de agosto, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Economía, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 10/2025, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril), y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Economía, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), así como la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo), en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 167, de 15 de julio) y en el resto de normas de aplicación en la materia.

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de doce (12) plazas en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Economía, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por el turno de acceso libre, correspondiendo todas ellas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2025, aprobada por el Decreto 10/2025, de 9 de abril.

2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reserva una (1) plaza del total de las convocadas por el turno libre. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las del turno libre en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por dicho cupo.

Segunda

Principio de igualdad

1. El proceso selectivo convocado al amparo de la presente Orden cumplirá el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, evitando cualquier discriminación directa o indirecta en el acceso, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

2. Por parte del órgano de selección del presente proceso selectivo, se velará en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.

Tercera

Personas aspirantes

1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación, conforme a la normativa que resulte de aplicación.

2. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y acreditarlo en los términos señalados en la base décimocuarta.6, apartado d) de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3. En cuanto a las adaptaciones de tiempo y medios, cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 36 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo), y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

En el caso de las aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso, en condiciones de igualdad, a la realización de los ejercicios de que consta este proceso selectivo, con independencia del momento en el que éstas lo soliciten.

4. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

Cuarta

Solicitudes y plazo de presentación

1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo regulado en el artículo 6 del Decreto 127/2022, de 7 de diciembre.

Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid

Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante, lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.

Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través de la dirección electrónica https://sede.comunidad.madrid

3. Las solicitudes de participación deberán ir acompañadas de la documentación que corresponda de entre las que se indican a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el formulario establecido al efecto, a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, disponible en el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid

4. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite que se deriven del proceso selectivo.

5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta

Tasa por derechos de examen

1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el campo Observaciones del pago de la Tasa, “Acceso Técnicos Superiores Especialistas Economía A1”.

2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen de procesos selectivos de los que se deriven formación de lista espera o bolsa trabajo correspondiente a la Titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I, y que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el presente proceso selectivo, en los términos recogidos en la base cuarta de esta convocatoria.

Sexta

Admisión de aspirantes

En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Séptima

Órgano de selección

1. El órgano de selección de este proceso selectivo será designado por resolución de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo).

2. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, este órgano de selección quedará incluido en la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y siéndole de aplicación el importe de las cuantías establecidas en la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 77, de 31 de marzo).

Asimismo, con carácter previo a la realización de cada uno de los ejercicios del presente proceso selectivo que no sean tipo test y cuya forma de calificación se encuentra ya recogida en estas bases, el órgano de selección publicará los criterios específicos de valoración de estos exámenes, junto con la asignación de puntuación o porcentaje de cada uno de ellos a los que se ajustará el juicio técnico de evaluación que el órgano de selección aplicará a los mismos.

3. El régimen jurídico aplicable al órgano de selección será el que se establece para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24 del Acuerdo de 11 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 2 de diciembre de 2024 de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2025-2028).

4. En cuanto a la regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del órgano de selección, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas en relación con las reuniones de tribunales y órganos encargados de la selección de personal al servicio de la Comunidad de Madrid, y se establecen criterios sobre devengo y percepción de asistencias por la concurrencia a dichas reuniones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 143, de 17 de junio), en la Orden de 1 de julio de 2022, y en el resto de normativa de aplicación en la materia.

5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los que se realizarán los diferentes ejercicios del presente proceso selectivo, se publicarán las relaciones de aprobados de los mismos y la elevación a la dirección general competente en materia de Función Pública de la propuesta provisional de aspirantes que hayan superado el proceso de selección, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden de 1 de julio de 2022.

6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base cuarta de esta orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.

7. Por parte del órgano de selección del presente proceso selectivo, se velará en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.

8. La Dirección General de Función Pública podrá encomendar la realización del proceso selectivo a la Comisión Permanente de Selección. El funcionamiento del citado órgano se regirá en todo caso por lo dispuesto en la Orden 481/2025, de 17 de febrero.

Octava

Sistema selectivo

1. El sistema de selección será el de oposición.

2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo de la presente convocatoria.

En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la fase de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura como Anexo de esta Orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y se anuncie la celebración del primer ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente Orden y teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma fecha de publicación ya indicada.

3. La oposición estará integrada por los ejercicios que se indican a continuación, siendo todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

3.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el órgano de selección, compuesto por cien (100) preguntas más cinco (5) adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el programa de esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las primeras veinte (20) preguntas versarán sobre el temario general del programa.

— Las ochenta preguntas (80) restantes versarán sobre el temario específico del programa.

Para cada pregunta se propondrán cuatro (4) respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento cinco (105) minutos.

3.2. Segundo ejercicio: las personas aspirantes, en un tiempo máximo de tres (3) horas, deberán desarrollar por escrito tres (3) temas extraídos al azar por el órgano de selección en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa, de acuerdo con la siguiente distribución:

— El primer tema se extraerá del bloque I del temario específico denominado “Política económica y teoría económica”

— El segundo tema se extraerá de los bloques II, III y IV del temario específico denominados, respectivamente, “Unión Europea”, “Estructura económica”, “Economía de la empresa”.

— El tercer tema se extraerá de los bloques V y VI del temario específico, denominados, respectivamente, “Hacienda pública, administración financiera y control económico-financiero” y “Análisis económico de datos”.

De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 h) del Acuerdo de 11 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2025-2028), el órgano de selección corregirá directamente el ejercicio escrito, valorando la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del órgano de selección, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

3.3. Tercer ejercicio:

Constará de dos partes:

— Primera parte: Consistirá en la resolución por escrito, en un tiempo máximo de dos (2) horas, de un (1) supuesto práctico sobre el contenido de los Bloques IV “Economía de la empresa” y V “Hacienda Pública, administración financiera y control económico-financiero”.

— Segunda parte: Consistirá en la elaboración por escrito, durante un tiempo máximo de dos (2) horas, de un (1) dictamen o supuesto práctico relacionado con el Bloque VI “Análisis económico de datos”.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro (4) horas, se podrá acudir con la documentación y el material que el órgano de selección pudiera, en su caso, estimar oportuno a tal efecto, y que se indicará en el momento de convocar el indicado ejercicio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 h) del Acuerdo de 11 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2025-2028), el órgano de selección corregirá directamente el ejercicio escrito, valorando la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos prácticos, así como la calidad de la expresión escrita. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del órgano de selección, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

4. A efectos de agilización del presente proceso selectivo y en aplicación de lo recogido en la instrucción novena.4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se realizarán en una misma sesión dos o más ejercicios de los que conformen este proceso selectivo, cuando por su naturaleza y duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorar los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.

En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.

5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.

6. El órgano de selección, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de la fase de oposición de este proceso selectivo, publicará en el enlace de la página web de la Comunidad de Madrid correspondiente al mismo, accesible a través de http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid, los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos que, en su caso, no se encuentren expresamente establecidos en la presente Orden.

7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).

8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del órgano de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:

http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-...

o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es

https://sede.comunidad.madrid

9. La celebración del primer ejercicio se realizará en el primer trimestre de 2026.

Novena

Calificación del proceso selectivo

1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y a lo establecido en la presente base.

2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a veinte (20) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez (10) puntos.

2.2. Segundo ejercicio: cada uno de los temas se calificará de cero (0) a cuarenta (40) puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de veinte (20) puntos en cada tema. La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero (0) y cuarenta puntos (40), siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos (20).

2.3. Tercer ejercicio: cada uno de los supuestos se calificará de cero (0) a veinte (20) puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de diez (10) puntos en cada supuesto práctico. La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre cero (0) y cuarenta puntos (40), siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte (20) puntos.

3. En cuanto a la calificación final, el orden de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones, constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final de cada una de las personas aspirantes.

4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad ocuparán el primer lugar de entre aquellos aspirantes que tengan igual puntuación.

De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

— Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio, por este orden.

— De continuar el empate, el mismo se deshará aplicando el criterio de orden alfabético del primer apellido, iniciándose dicho orden por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).

En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base decimocuarta.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, alguna de las personas aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicados a las personas aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el órgano de selección deberá incluir automáticamente a dicha persona aspirante en el citado turno libre, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho turno en condiciones de igualdad con el resto de las personas que concurren por el mismo.

El órgano de selección no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Décima

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos

1. El órgano de selección hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa aplicable.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición.

— Calificación final.

2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases décimocuarta.6 a décimocuarta.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

4. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, el órgano de selección la hará pública en los términos dispuestos en la base octava.8 de esta orden y elevará a la Dirección General de Función Pública dicha relación, indicando el número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

5. La Dirección General de Función Pública dictará resolución declarando, a propuesta del órgano de selección, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para presentar, en los términos dispuestos en la citada resolución, la correspondiente documentación, de conformidad a lo establecido en el artículo 24.2 k) del Acuerdo de 2 de diciembre de 2024, de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2025-2028), aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 11 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno.

Undécima

Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión

1. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Economía, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión de acuerdo con lo previsto en la base decimosexta de la precitada Orden 290/2018, de 27 de junio.

2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el cómputo del plazo de toma de posesión cuando finalice la situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto.

Duodécima

Lista de espera para personal funcionario interino

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Economía, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellas personas aspirantes que hayan obtenido como mínimo el 80% de la calificación que establezca el órgano de selección para superar el primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad ocuparán el primer lugar de entre aquellos aspirantes que tengan igual puntuación.

De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá conforme a los siguientes criterios.

— Mayor calificación en cada uno de los ejercicios superados según el orden de prelación de los mismos establecido en base novena.4 de esta convocatoria.

— De persistir el empate, se atenderá al orden alfabético a partir de la letra prevista en la base octava.7 de esta convocatoria.

Decimotercera

Acumulación plazas desiertas

Las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la oferta.

La nueva convocatoria deberá identificar las plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden.

Decimocuarta

Recursos

1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Dado en Madrid, a 21 de agosto de 2025.—La Directora General de Función Pública, por Delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17 de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo.

ANEXO

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO AL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES ESPECIALISTAS, ESPECIALIDAD ECONOMÍA, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Principios constitucionales y valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. Conflictos constitucionales. La reforma constitucional.

2. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial y el Consejo General del Poder Judicial. Otros órganos constitucionales: Consejo de Estado, Tribunal de Cuentas, Fiscal General del Estado y Defensor del Pueblo.

3. El Gobierno. El control parlamentario del Gobierno. El sector público y las Administraciones Públicas. La Administración General del Estado: Los Ministerios. Órganos territoriales. La Administración General del Estado en el exterior.

4. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y los Estatutos de Autonomía. La articulación del Estado de las Autonomías: distribución competencial y conflictos de competencias. La Administración de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: provincias, municipios y otras entidades locales. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

5. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

6. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones. Funcionamiento, órganos y estatuto de sus miembros. El procedimiento legislativo. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid: el Presidente y los Consejeros.

7. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. La Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid.

8. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo Europeo, Consejo, Comisión Europea, Parlamento Europeo, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas Europeo.

9. El Derecho Comunitario: Fuentes. Relación entre el derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La participación de los Estados miembros en el proceso decisorio. La participación de las Comunidades Autónomas en su aplicación. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

10. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

11. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los interesados. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. El procedimiento administrativo común: concepto, principios generales y fases del procedimiento.

12. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas en el régimen jurídico español. Lesión determinante, sujetos y causas de imputación. La extensión de la reparación. La acción de responsabilidad. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de las Administraciones Públicas por actos de sus concesionarios y contratistas. Especialidades procedimentales.

13. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas. Principios de la potestad sancionadora. Especialidades procedimentales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

14. La legalidad administrativa. El acto administrativo: eficacia y validez, presunción de validez y eficacia, nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: la revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

15. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del Sector Público. Órganos de las Administraciones Públicas. Funcionamiento electrónico del Sector Público.

16. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: especialidades en el Sector Público. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): Definiciones. Principios. Legitimación para el tratamiento de datos personales. Derechos de los interesados. Obligaciones de los responsables y encargados. Delegado de protección de datos.

17. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Publicación activa. Acceso a la información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

18. Los contratos del Sector Público (I). Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Pago del precio. Extinción de los contratos: Cumplimiento y resolución.

19. Los contratos del Sector Público (II): Análisis de los distintos tipos contractuales regulados en la normativa vigente. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.

20. Las subvenciones y ayudas públicas. Concepto, naturaleza y clasificación de las subvenciones. El procedimiento de concesión y pago. Justificación. Reintegro. Infracciones administrativas en materia de subvenciones. Ayudas de estado.

21. El dominio público: Concepto, naturaleza, elementos y régimen jurídico. Los bienes patrimoniales de las Administraciones Públicas. Los bienes comunales. El régimen patrimonial de la Comunidad de Madrid.

22. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La pérdida de la condición de funcionario. El sistema de retribuciones. La promoción profesional de los funcionarios. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

23. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Temario específico

I. Política económica y teoría económica

1. Teoría del consumidor: La función de utilidad. Las curvas de indiferencia. Comportamiento maximizador. El efecto renta y el efecto sustitución. Teoría de la preferencia revelada. Teoría de la demanda de características: Modelo de Lancaster.

2. Teoría de la empresa: Producción y costes. La teoría de la producción. Tecnología y maximización de la producción. La teoría de los costes. Costes a corto y a largo plazo.

3. Teoría de los mercados: Las estructuras de los mercados. Rasgos básicos y comparación de las formas de organización de los mercados: competencia perfecta, monopolio, oligopolio, competencia monopolística.

4. Equilibrio general y economía del bienestar: El funcionamiento de un mercado competitivo. Determinantes de la demanda y la curva de la demanda. Determinantes de la oferta y la curva de oferta. La determinación del precio y la cantidad de equilibrio. Variaciones en el equilibrio. La elasticidad de la demanda. La intervención del sector público en el mercado competitivo: controles de precios, impuestos.

5. Macromagnitudes agregadas básicas: Producción, renta y gasto. Cuentas simplificadas de la nación. El cuadro macroeconómico. Medición de la inflación y el crecimiento. Relaciones en economía cerrada y abierta.

6. Determinantes y comportamientos del consumo privado: Características del consumo agregado. Teoría del ciclo vital y teoría de la renta permanente. Otras teorías. El papel de las expectativas.

7. Demanda de inversión. La demanda de inversión: principales aportaciones teóricas e implicaciones de política económica. La demanda de stock de capital y los flujos de inversión.

8. El mercado de activos financieros y el dinero: La demanda de dinero. Conceptos y funciones del dinero. Teorías de la demanda de dinero. La oferta monetaria: las magnitudes monetarias básicas. El proceso de creación de dinero. Instrumentos de control monetario. El equilibrio en el mercado monetario.

9. Demanda agregada: Modelo IS-LM. Obtención y derivación de la curva de demanda agregada. Propiedades. Efecto de las expansiones fiscales y monetarias.

10. La relación de oferta agregada: perturbaciones de la oferta agregada y sus efectos a corto y medio plazo. Cambios institucionales del mercado de trabajo. Cambios en la productividad media del trabajo.

11. El equilibrio conjunto a corto plazo: el modelo de Oferta y Demanda Agregadas. El equilibrio a corto plazo y principales problemas macroeconómicos. La dinámica de la producción hacia el nivel de producción natural. El equilibrio a medio plazo. Modelos de determinación de la renta. Modelos de determinación de la renta: clásico y neoclásico. Modelo Keynesiano. Modelos monetaristas y nueva macroeconomía clásica.

12. Inflación y desempleo: Expectativas. La estanflación. Curvas de Phillips: corto y largo plazo. Verticalidad de la curva de Phillips y neutralidad. Estrategias para reducir la inflación. La NAIRU y la persistencia en el desempleo.

13. La balanza de pagos: Definición y componentes de la balanza de pagos. Balanza de pagos y cantidad de dinero. El sistema monetario europeo. Estabilización exterior de la economía.

14. El tipo de cambio: Regímenes cambiarios. Tipos de cambio fijos: Definición y funcionamiento del sistema. Tipos de cambio flexibles: Definición y funcionamiento del sistema.

15. Los procesos de integración económica y monetaria: Experiencias históricas y recientes. La teoría de las áreas monetarias óptimas como base teórica de estos procesos. La política monetaria: Objetivos: Inflación y crecimiento. Mecanismos de transmisión. Efectos de la política monetaria.

16. El comercio internacional: Teorías y factores determinantes.

17. La Política Fiscal: La política fiscal keynesiana: fundamentos y aspectos básicos. Efectividad y limitaciones de la política fiscal keynesiana.

18. Otras políticas económicas: Política de rentas, política de tipo de cambio y política arancelaria.

19. La Política Mixta: La restricción presupuestaria del gobierno y los problemas de la financiación del déficit público. Financiación monetaria. Financiación con deuda pública. El problema del crowding out.

20. Los ciclos económicos: teorías y distintos enfoques de la política económica.

II. Unión Europea

21. La libre circulación de mercancías y la política comercial común. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales.

22. La libre circulación de trabajadores. La política social y de empleo. Política agrícola y pesquera. Otras políticas comunes.

23. La cohesión económica y social. La política regional de la Unión Europea. El Comité de las Regiones. Los Fondos Estructurales. Participación española en los Fondos Estructurales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

24. La Unión Económica y Monetaria y la política económica (I). El Pacto de Estabilidad y Crecimiento y sus implicaciones en la política fiscal de los Estados Miembros. La armonización fiscal.

25. La Unión Económica y Monetaria y la política económica (II). Estrategia Europea 2030. Los Planes Nacionales de Reforma. La política monetaria del BCE. El Sistema Europeo de Bancos Centrales.

26. La Gobernanza económica de la Unión Europea y de la zona Euro. Las reglas Fiscales y el Procedimiento de Desequilibrios Macroeconómicos. El Mecanismo Europeo de Estabilidad.

III. Estructura económica

27. El modelo económico español en el marco de la economía mundial. Líneas generales de la política económica actual.

28. Estructura económica de la Comunidad de Madrid en el marco de la economía nacional y europea. Producción y empleo. Especialización productiva.

29. El sector primario en España y en la Comunidad de Madrid: Configuración y análisis de sus principales macro magnitudes. Problemática principal y proyección de futuro.

30. El sector industrial en España y en la Comunidad de Madrid: Análisis de sus principales macro magnitudes. Evolución de la política industrial. Problemática principal y proyección de futuro. Especial referencia al sector energético y a la política energética en España.

31. El sector servicios en la economía española y en la Comunidad de Madrid: Principales macro magnitudes y distribución por ramas productivas. Especial consideración del comercio interior, transportes y comunicaciones. Problemática principal y proyección de futuro.

32. El turismo en España y en la Comunidad de Madrid: Elementos que lo integran. Oferta y demanda. Turismo emisor y turismo receptor. El empleo en el sector turístico. La Cuenta Satélite. Red de oficinas de turismo de la Comunidad de Madrid.

33. La política de promoción y defensa de la competencia. Situación actual de la regulación normativa contra la hiperregulación de la Comunidad de Madrid.

34. La renta nacional en España y la renta regional en la Comunidad de Madrid: Evolución y distribución actual. La balanza de pagos en España. Especial consideración de la balanza comercial.

35. El gasto público en España: Evolución y distribución actual. Su financiación. El déficit público. La estabilidad presupuestaria.

36. La política de desarrollo regional: Las relaciones económico-financieras entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, así como con la Unión Europea. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

37. El mercado de trabajo en España y en la Comunidad de Madrid: Evolución. Población activa, ocupación y paro. Incorporación de la mujer al mercado laboral. Medidas de conciliación de la vida familiar y laboral.

IV. Economía de la empresa

38. La empresa y su marco institucional: La empresa y el mercado. La demanda. Teorías y principios de organización. Principales modelos.

39. La valoración externa de la empresa: Valor matemático o contable, valor de liquidación, valor de reposición, valor sustancial, valor bursátil y valor de rendimiento de la empresa. El concepto de “goodwill”. Métodos para determinar el valor global de la empresa.

40. La inversión: Concepto y clases. Selección de inversiones.

41. La inversión extranjera: Determinantes de la inversión extranjera. Inversión extranjera directa y crecimiento. Distribución sectorial de la inversión extranjera directa. Inversión española en el exterior.

42. La empresa pública: Concepto y justificación de su existencia. Objetivos. Efectos macroeconómicos. Características fundamentales de su gestión. El control de la empresa pública. Sistemas de control. La fijación de precios. La empresa pública en la Comunidad de Madrid. Su importancia por sectores de actividad.

43. La financiación de la empresa pública: La financiación interna o autofinanciación. La amortización. Las fuentes de financiación externas. Contratos de “leasing”, “factoring” y “renting”. Otras formas de financiación externa.

44. La información económico-financiera y los estados contables. Información contable, análisis de balances y normalización contable.

45. La información contable en la empresa (I): Principios contables y normas de valoración. Las cuentas anuales: Balance, cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y memoria.

46. La información contable en la empresa (II): Contabilidad analítica. Coste directo y coste completo. Coste estándar.

V. Hacienda pública, administración financiera y control económico-financiero

47. La Hacienda Pública y la actividad financiera: funciones, instrumentos y medios. Los distintos niveles de la Hacienda Pública. Distribución de competencias y modelos de financiación. La Hacienda Pública supranacional: la doble imposición y la armonización fiscal.

48. El Gasto Público: concepto, naturaleza y clases. Su clasificación presupuestaria. Principios constitucionales. La incidencia del gasto público. El equilibrio presupuestario. El procedimiento de déficit excesivo. Sanciones.

49. Gasto público y su redistribución: Prestaciones en especie, con especial referencia al ámbito educativo, sanitario y de servicios social. Efectos económicos. Prestaciones monetarias: pensiones, prestaciones por desempleo y programas de reducción de la pobreza. Efectos económicos.

50. Los ingresos públicos: concepto y clases. Efectos económicos. El sistema fiscal español. Estructura. Derecho Tributario: concepto y contenido. El impuesto: concepto, clases, principios y efectos económicos. Especial referencia a los impuestos cedidos a la Comunidad de Madrid.

51. El déficit público: Concepto, causas y efectos. Clases de déficit. La financiación del déficit público. Efectos económicos del déficit: Expansión y expulsión.

52. La deuda pública: Concepto, marco normativo y clases. El ciclo de la deuda. La carga de la deuda. Aspectos monetarios de la financiación del déficit público. La deuda pública en las Haciendas Territoriales.

53. La financiación de las Comunidades Autónomas (I): Principios generales recogidos en el ordenamiento jurídico español. Coordinación entre las diferentes Haciendas Territoriales. Régimen común. Régimen Foral. Especialidades en razón del territorio

54. La financiación de las Comunidades Autónomas (II): Recursos propios y tributos cedidos. La corresponsabilidad fiscal. El Fondo de Compensación Interterritorial: Relación con el FEDER. La participación en los ingresos del Estado. Otros ingresos corrientes con cargo a los presupuestos estatales.

55. La financiación de las Corporaciones Locales: El Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Estructura y principios generales. Recursos propios. Recargos y participaciones en los tributos del Estado y en los de las Comunidades Autónomas.

56. El Presupuesto: Concepto, contenido y fines. Los principios clásicos del presupuesto y su crisis. Los marcos presupuestarios plurianuales. La estabilidad Presupuestaria en la Unión Europea.

57. Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Estructura. Principios. Contenido.

58. Las técnicas presupuestarias. El presupuesto administrativo. El presupuesto de caja. El presupuesto funcional o de ejecución. El presupuesto por programas. El presupuesto en base cero. Otras técnicas presupuestarias.

59. Los Presupuestos de la Comunidad de Madrid: La Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid. Contenido y estructura. El ciclo presupuestario. Elaboración, examen, enmienda y aprobación del presupuesto. Centros presupuestarios y organismos incluidos.

60. Las excepciones al principio de especialidad de los créditos: Las modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. Los gastos plurianuales.

61. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público en la Comunidad de Madrid. Gasto y Pago. Procedimiento ordinario: Fases del gasto. Procedimientos especiales: Pagos a Justificar, Anticipos de Caja Fija, Convalidación.

62. El control interno de la actividad económico-financiera del Sector público de la Comunidad de Madrid: Concepto de control. Clases de control. Naturaleza, fundamento y ámbito de aplicación del control. Función interventora y control previo. Modalidades de su ejercicio. Reparos. Omisión de la fiscalización.

63. El control financiero: concepto, regulación y principios generales. Clases de control financiero. El trabajo de control. Los informes de control: clases y efectos. El control financiero permanente: Normativa reguladora. Concepto. Ámbito de aplicación. Contenido. Informes de control financiero permanente. Plan anual de control financiero permanente. Planes de acción y seguimiento de medidas correctoras.

64. El control financiero de subvenciones y ayudas públicas. El control de las subvenciones comunitarias: órganos competentes y normativa.

65. La auditoría pública: Normativa reguladora. Concepto. Ámbito de aplicación. Formas de ejercicio. Plan anual de auditorías. Informes de auditoría. Auditoría de cuentas anuales. Auditorías públicas específicas. Normas de auditoría del sector público: principios generales. Normas relativas al sujeto auditor. Normas sobre ejecución del trabajo. Normas sobre preparación, contenido y presentación de informes.

66. La auditoría de cuentas: Normativa en materia de auditoría de cuentas. Concepto de auditoría de cuentas. Requisitos de las auditorías y de los informes. Los auditores: requisitos para el ejercicio de la auditoría y responsabilidades. Entidades sometidas a auditorías anuales de cuentas y balances. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: funciones.

67. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público de la Comunidad de Madrid: El control parlamentario. El control de la Cámara de Cuentas: competencias y funciones. El Tribunal de Cuentas.

68. La responsabilidad contable por el manejo de fondos públicos: Los procedimientos para la exigencia de responsabilidad contable.

69. El informe económico. El presupuesto consolidado del sector público. El presupuesto en términos de contabilidad nacional. El presupuesto monetario.

70. El Déficit presupuestario y sus clases. Impacto económico de su financiación. Déficit y superávit primario. Déficit estructural y déficit observado: sus interrelaciones. Privatización de activos públicos. La inflación como una forma de imposición.

71. La Contabilidad Nacional: Definición, Obligatoriedad, Utilidad del Sistema Europeo de Cuentas (SEC), Competencias. Cuentas de flujos y de sectores (Sectores institucionales): saldos y agregados.

72. La contabilidad de las Administraciones Públicas: Marco legal de la contabilidad pública en España. Principios y normas de contabilidad pública en España. El Plan General de Contabilidad Pública.

73. Determinación de los equilibrios presupuestarios básicos: ahorro bruto y ahorro neto, capacidad y necesidad de financiación, capacidad y necesidad de endeudamiento. Las relaciones entre la contabilidad pública y la contabilidad nacional: criterios de ajuste.

74. Contabilidad de las operaciones del ejercicio. Regularización y cierre del ejercicio. Formulación de estados contables en empresas. Análisis patrimonial, económico y de los estados financieros.

75. Agregación y consolidación de estados financieros.

76. Capitalización simple y compuesta, rentas, préstamos y empréstitos. Operaciones con valores. Análisis de inversiones.

VI. Análisis económico de datos

Cuentas Nacionales

77. Los sistemas internacionales de Cuentas Nacionales: evolución histórica. El SCN 2008 y el SEC 2010. Rasgos fundamentales y aplicaciones del SEC 2010. Unidades y conjuntos de unidades.

78. Flujos y stocks en el SEC 2010: Flujos. Propiedades y tipos de operaciones. Otras variaciones de los activos. Stocks. Tipos de activos y pasivos. Frontera de activos y pasivos. Stocks de población y empleo. Asalariados y no asalariados: personas, puestos de trabajo, puestos de trabajo equivalentes y horas totales trabajadas.

79. El sistema de cuentas y los agregados en el SEC 2010 (I): Sucesión de cuentas. Las cuentas corrientes. Las cuentas de acumulación. Los balances. Cuentas del resto del Mundo. Cuenta de bienes y servicios. Cuentas económicas integradas. Principales agregados.

80. Tablas de origen y destino y el marco input-output en el SEC 2010: Descripción detallada de las tablas de origen y destino y de las tablas input-output. Herramientas estadísticas y de análisis.

81. Medición de las variaciones de precio y volumen en el SEC 2010: Campo de aplicación. Principios generales y problemas concretos. Medición de la renta real para el total de la economía. Índices de precio y volumen interespaciales.

82. Las cuentas nacionales trimestrales y regionales en el SEC 2010: Especificidades de las cuentas nacionales trimestrales. Especificidades de las cuentas regionales.

Estadística inferencial

83. Fenómenos aleatorios. Conceptos de probabilidad. Propiedades. Independencia de sucesos. Teorema de Bayes. Variables aleatorias. Variables discretas. Función de probabilidad. Variables continuas. Función de densidad. Propiedades.

84. Esperanza matemática. Propiedades. Varianza. Propiedades. Función característica y función generatriz de momentos. Acotación de Tchebychev. Esperanza de vectores aleatorios. Esperanza de sumas y productos de variables aleatorias. Covarianza. Correlación. Transformaciones lineales de variables aleatorias.

85. Propiedades de una muestra aleatoria. Conceptos básicos de muestras aleatorias. Sumas de variables aleatorias de una muestra aleatoria. Muestreo de una distribución normal: propiedades de la media y varianza muestrales y las distribuciones t de Student y F de Snedecor. Estadísticos de orden.

86. Distribuciones de varias variables aleatorias. Distribuciones conjuntas y marginales. Independencia entre variables aleatorias. Ejemplos.

87. Principios de reducción de datos. Introducción. El principio de suficiencia. El principio de verosimilitud: la función de verosimilitud y el principio formal de verosimilitud.

88. Estimación puntual. Métodos para encontrar estimadores: método de los momentos, estimadores máximo-verosímiles, estimadores invariantes. Métodos para evaluar estimadores: error cuadrático medio, suficiencia e insesgadez.

89. Estimación por intervalos. Introducción. Métodos para encontrar estimadores de intervalos: método de la cantidad pivotal, método general, intervalos de confianza de longitud mínima.

Modelización estadística clásica

90. Métodos de regresión: lineal, por mínimos cuadrados ordinarios y método de máxima verosimilitud.

91. El modelo de regresión con regresores estocásticos: estimación, verificación y predicción.

92. Autocorrelación, multicolinealidad y heterocedasticidad: consecuencias, origen, detección y soluciones.

93. Modelos de ecuaciones simultáneas: identificación, estimación, verificación y predicción.

94. Modelos uniecuacionales de regresión no lineal: estimación, verificación y predicción. El modelo de regresión dinámica uniecuacional: identificación, estimación, verificación y predicción.

Análisis multivariante

95. Métodos lineales. Regresión lineal. Reducción de la dimensionalidad: regresiones Ridge y Lasso. Regresión logística.

96. Análisis de la varianza (ANOVA). Supuestos del modelo. Hipótesis nula de igualdad de medias. Suma de cuadrados total, entre grupos y dentro de grupos. Estadístico F de Fisher. ANOVA de un factor. ANOVA de dos factores con y sin interacción. Contrastes post-hoc.

97. Análisis de conglomerados. Fundamentos. Métodos clásicos de partición. Métodos jerárquicos. Conglomerados por variables.

98. Análisis factorial. La distribución normal k-dimensional. El modelo factorial. El método del factor principal. Estimación máximo-verosímil. Determinación del número de factores. Rotación de los factores. Estimación de los factores.

99. Análisis Discriminante. Introducción. Clasificación entre dos poblaciones. Generalización para varias poblaciones normales. Poblaciones desconocidas (caso general). Variables canónicas discriminantes. Discriminación cuadrática.

Series temporales

100. Procesos estocásticos estacionarios. Series temporales. Procesos estocásticos estacionarios en sentido estricto y débil. Medias, varianzas y autocovarianzas, ergodicidad. Ruido blanco. El espectro y su estimación. Procesos AR y MA. Procesos ARIMA y SARIMA.

101. Modelos con tendencias. Raíces Unitarias. Eliminación de tendencias. Contrastes de raíces unitarias. Cambio estructural. Tendencias y Descomposición Univariante.

102. Ajuste estacional, desagregación temporal y calibrado de series temporales. Introducción. Componentes deterministas, ajuste de calendario. Métodos no paramétricos y paramétricos de ajuste estacional, la descomposición canónica. Problemas prácticos. Desagregación temporal. Calibrado, benchmarking y reconciliación.

(01/13.717/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250905-1