Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
20-08-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250820-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CANENCIA

PERSONAL

41
Canencia. Personal. Relación puestos trabajo

Laura Jiménez Palos, como secretaria-interventora del Ayuntamiento de Canencia,

CERTIFICO

Que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de julio de 2025, adoptó entre otros el acuerdo del tenor literal siguiente:

“A la vista de los siguientes antecedentes:

Visto el informe-propuesta de Secretaría, de 23 de julio de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a propuesta de la Comisión Informativa de Personal, el Pleno adopta por mayoría simple el siguiente

ACUERDO

Primero.—Aprobar la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, con las modificaciones derivadas de la negociación colectiva y de los informes adjuntados al expediente, con el texto siguiente:

Segundo.—Publicar íntegramente la citada relación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Tercero.—Remitir una copia de la misma a la Administración del Estado y al órgano competente de la Comunidad Autónoma”.

Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el visto bueno de la alcaldesa, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se expide la presente.

En Canencia, a 4 de agosto de 2025.—La alcaldesa, María Mercedes López Moreno.—La secretaria, Laura Jiménez Palos.

(03/13.124/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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