Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
14-08-2025

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250814-19

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

19
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general

Aprobación de la rectificación de error material o de hecho advertido en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, respecto a las fincas situadas en la calle de Méjico, números 44, 46 y 53. Distrito de Salamanca.—Expediente 135/2025/00014.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 de junio de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Rectificar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el error material o de hecho advertido en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, en concreto en el plano de ordenación en su hoja 0-60/8 y en el plano de gestión en su hoja G-60/8, a fin de definir los linderos correctos de las fincas situadas en la calle de Méjico, números 44, 46 y 53, de forma que quede perfectamente delimitada la separación entre normas zonales y usos de las parcelas intervinientes, todo ello en los términos establecidos en el informe de la Dirección General de Planeamiento de 4 de junio de 2025.

Segundo.—Remitir el expediente a la Consejería competente en materia de ordenación urbanística de la Comunidad de Madrid, Registro de Planes de la Comunidad de Madrid, antes de publicarse en el "BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID", del modo establecido en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio”.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar de la aprobación de la rectificación del error material al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.

Madrid, a 16 de julio de 2025.—El director general de Planeamiento, P. S. (Decreto de 18 de junio de 2025), Marta Castromil Martínez.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/12.922/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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