Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
05-08-2025

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250805-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

30
ACUERDO 45/2025, de 29 de mayo, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del “Plan Especial del Hospital General Universitario Gregorio Marañón en la manzana comprendida entre las calles Doctor Esquerdo, Ibiza, de Máiquez y Doctor Castelo” (documento marzo 2025), en el municipio de Madrid, promovido por la Comunidad de Madrid. Servicio Madrileño de Salud. Consejería de Sanidad.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de mayo de 2025, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo de 23 de mayo de 2025, en virtud de lo establecido en los artículos 59 y 238 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Aprobar inicialmente el “Plan Especial del Hospital General Universitario Gregorio Marañón en la manzana comprendida entre las calles Doctor Esquerdo, Ibiza, de Máiquez y Doctor Castelo”, en el término municipal de Madrid (documento marzo de 2025), promovido por la Comunidad de Madrid, Servicio Madrileño de Salud. Consejería de Sanidad.

Segundo

Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia y por medios telemáticos, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.

El documento podrá consultarse así mismo en el portal institucional en la ruta:

https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/exped...

Tercero

Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de un mes, a los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3 en relación con el artículo 59.2.b) y 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio a los siguientes organismos:

Ministerio de Transformación Digital:

— Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual. Subdirección General de Operadores de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales. Artículo 50.2 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte:

— Dirección General de Patrimonio Cultural. Artículo 36 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Remitir el Documento Ambiental Estratégico (DAE) y el Plan Especial a la Subdirección General de Estrategia y Calidad del Aire de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, al objeto de iniciar el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

Quinto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Madrid, municipio afectado por el presente Plan Especial, para su conocimiento e informe, el cual se emitirá en el plazo máximo de un mes, todo ello de conformidad con el artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio.

Sexto

Suspender en el ámbito de actuación del Plan Especial la tramitación de instrumentos de ordenación cuando sean disconformes con el planeamiento propuesto, así como los procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.

Madrid, a 29 de mayo de 2025.—El Secretario General Técnico, Secretario de la Comisión de Urbanismo, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(03/12.221/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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