Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
30-07-2025

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250730-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

19
EXTRACTO de la Orden 1597/2025, de 7 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas correspondiente a 2025.

BDNS (Identif.): 820424

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Beneficiarios

Municipios de la Comunidad de Madrid con población comprendida entre los 1.500 y los 250.000 habitantes, que cuenten con un centro bibliotecario de titularidad municipal o con un proyecto para su creación y que además cumplan el resto de requisitos indicados en la convocatoria.

Segundo

Objeto

El equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas municipales. La línea de actuación objeto de la subvención es para la dotación de bienes de inversión consistentes en equipamiento, dispositivos, dotación tecnológica y materiales para la puesta en marcha de nuevos servicios bibliotecarios, así como para la modernización tecnológica de las bibliotecas en funcionamiento y para la mejora de la gestión de los procesos bibliotecarios (línea c).

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de las ayudas se establecieron por Orden 2352/2022, de 29 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 295, de 12 de diciembre de 2022).

Cuarto

Cuantía

39.204,66 euros.

Quinto

Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados

1. La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo que las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, disponible en el apartado de “Administración Electrónica. Punto de Acceso General” a través del portal corporativo de la Comunidad de Madrid: “ sede.comunidad.madrid ”.

2. Las sucesivas notificaciones, relativas a los actos integrantes del procedimiento de concesión, se publicarán en el portal corporativo de la Comunidad de Madrid en la dirección electrónica: “ sede.comunidad.madrid ”.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dichas publicaciones sustituirán a las notificaciones surtiendo sus mismos efectos.

Madrid, a 7 de julio de 2025.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

(03/12.217/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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