Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
18-07-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250718-4

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

4
RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2025, por la que se procede a la adjudicación de destinos correspondiente al proceso selectivo de promoción interna específica para el acceso a la categoría profesional de Titulado Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 531/2021, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 19 de noviembre), se convocaron las pruebas selectivas de promoción interna específica para el acceso a la categoría profesional de Titulado Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid.

A la vista de la Resolución de 23 de agosto de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 212, de 5 de septiembre), por la que se resuelve el citado proceso selectivo, y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la mencionada Orden y demás normativa de aplicación, este Centro directivo, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Adjudicar destino a las personas que han superado las señaladas pruebas y que se relacionan en el Anexo a la presente Resolución, en los términos indicados en el mismo y en consonancia con lo dispuesto, a tal efecto, en el apartado quinto de la expresada Resolución de 23 de agosto de 2024.

Segundo

1. Por la unidad responsable de personal de la Consejería u Organismo Autónomo que corresponda en virtud del destino adjudicado, se procederá a la formalización de la pertinente diligencia en el contrato de cada una de las personas seleccionadas, debiendo dicha unidad dar cumplimiento, con carácter previo a aquélla, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.

2. A tal fin, las personas interesadas, habrán de personarse en la Subdirección General de Personal o unidad de personal de la Consejería u Organismo Autónomo de destino, debiendo ir provistas de su DNI, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo recogido en la base decimoquinta, apartado 15.2, de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprobaron las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril).

3. Cualquier información adicional a la recogida en la presente Resolución se encontrará disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-selectivas-tm-educad... , así como en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/titulado-me...

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en la base undécima apartado quinto de la Orden 531/2021, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 19 de noviembre), así como en el artículo 62.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, los aspirantes que se indican a continuación pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Titulado Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C), por no cumplir los requisitos establecidos en las mismas.

Cuarto

Contra la presente Resolución, las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 10.4.a), en relación con el artículo 6.2.b), de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de dicho texto legal, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de junio de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.











(03/11.313/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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