Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
11-07-2025

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250711-23

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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EXTRACTO de la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas económicas para el personal investigador predoctoral año 2025, cofinanciadas por el Banco Santander.

BDNS: 844283

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

Para optar a las siguientes ayudas, a que se refieren las presentes bases reguladoras, los estudiantes de doctorado de la URJC deberán reunir los siguientes requisitos:

Requisitos generales:

a) Ser residentes en España.

b) Que se encuentren matriculados en los Programas de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2024-2025.

c) Estar al corriente de la matrícula en un Programa de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos tanto en el momento de la solicitud de la beca como durante todo el curso 2025-2026.

d) En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Estos requisitos deben cumplirse desde la presentación de las solicitudes hasta la finalización de todo el proceso de la ayuda.

Otros requisitos:

a) Que acepta las bases de la convocatoria para la cual solicita la ayuda.

b) Que las copias de los documentos aportados a lo largo de todo el proceso en formato digital son el reflejo veraz y exacto de los documentos existentes en formato papel y que dispongo de la documentación original que así lo acredita y que me comprometo a presentarla cuando me sea requerida por la URJC.

c) El compromiso de mantener los requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.

d) Que se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.

e) Que no está incursa en ninguna de las circunstancias que recogen los artículos 13 y 34.5 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) Que queda enterada de que la inexactitud de las circunstancias declaradas comporta la denegación o revocación de la ayuda.

g) Que conoce la incompatibilidad de estas ayudas con cualquier otra ayuda para una actividad igual o similar.

h) Que se compromete a utilizar la ayuda económica recibida para la formación, movilidad, publicación de tesis y artículos en revistas de alto impacto u otros gastos derivados de su labor investigadora durante el curso académico 2025-26. Y que estará en disposición de entregar la documentación justificativa de la misma cuando lo solicite la URJC.

Segundo

Objeto

Es objeto de la presente resolución promover y fomentar la calidad de la educación superior y la actividad investigadora del personal investigador predoctoral en formación que esté matriculado en la Universidad Rey Juan Carlos promoviendo el desarrollo de doctores mediante ayudas a la formación, a la movilidad, publicación de tesis y artículos en revistas de alto impacto u otros gastos derivados de su labor investigadora.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/convocatorias

Cuarto

Cuantía

La Escuela Internacional de Doctorado convoca las ayudas correspondientes a estas bases con un crédito presupuestario asignado de 78.000 euros en la partida 30.VC.PO.ED.423A.483.00. De este importe, 78.000 euros son aportados por el Banco Santander, de acuerdo con el convenio suscrito entre ambas instituciones.

Según el convenio de colaboración entre la Universidad Rey Juan Carlos y el Banco Santander, esta entidad colabora cofinanciando esta convocatoria de ayudas.

Se concederán 39 becas, la asignación de cada ayuda será de 2.000 euros. El importe será ingresado en el número de cuenta que indique el beneficiario en el momento de la aceptación con las retenciones previstas en la legislación vigente.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán, obligatoriamente, cumplimentando el formulario de solicitud que estará disponible en la Sede Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos, accediendo a través del siguiente enlace:

https://sede.urjc.es/convocatorias

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 15 de octubre de 2025, ambos inclusive.

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base séptima de la Convocatoria.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

La tramitación del procedimiento está a cargo del Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado, que propondrá entre sus miembros la siguiente Comisión de Valoración:

— Presidente: la Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado.

— Vocales: la Jefatura de Servicio del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios adscrito a la Escuela Internacional de Doctorado, o persona en quien delegue. Y la subdirección de Internacionalización de la Escuela Internacional de Doctorado.

— Secretario: la Secretaría Académica de la Escuela Internacional de Doctorado.

Dicha Comisión de Valoración estudiará todas las solicitudes admitidas a trámite.

Los criterios de baremación y valoración de los requisitos serán los que figuran en la base décima de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.

Octavo

Resolución y recursos

El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector Magnífico en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación o alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime oportuno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de octubre de 2015) y el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998 (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de julio de 1998).

En el caso de interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Móstoles, a 3 de julio de 2025.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Abraham Duarte Muñoz.

(03/11.111/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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