Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2025

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250708-100

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

RESIDENCIAL BARAJAS GÉMINIS, S. COOP. MAD.

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Residencial Barajas Géminis, S. Coop. Mad. Disolución cooperativa

Residencial Barajas Géminis, S. Coop. Mad., con NIF F88176490, en Asamblea General celebrada el día 3 de junio de 2025, acordó, por la mayoría requerida por la ley y los Estatutos, (i) la disolución y liquidación simultánea de la Cooperativa, (ii) el nombramiento de los liquidadores solidarios, (iii) así como el balance final de liquidación y el proyecto de adjudicación del haber social que se transcriben a continuación, de acuerdo con lo dispuesto en la vigente Ley de Cooperativas.

INFORME DE DISTRIBUCIÓN DEL HABER SOCIAL

El presente Informe, formulado en cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (en adelante, “LCCM”), y los Estatutos de la Sociedad Cooperativa, se redacta y suscribe por los liquidadores de la Cooperativa, a los efectos de su informe positivo sobre su contenido. Como resultado del balance final de liquidación, el haber social repartible se reintegrará a los socios proporcionalmente según su cuota de participación en la Cooperativa.

La cuota de liquidación de los socios se ha calculado teniendo en cuenta que no existen deudas sociales pendientes de ser satisfechas, excepto las que se puedan originar por la disolución y liquidación (que serán satisfechas con el activo líquido existente en bancos), ni operaciones comerciales pendientes de realización, que la Cooperativa ha cumplido con la realización de su objeto social, existiendo saldo en la cuenta de la Cooperativa abierta en la entidad CaixaBank, así como un crédito pendiente de cobro por importe de 2.462,30 euros correspondiente a la devolución de fianzas, cuya devolución se ha solicitado.

En relación con las partidas relativas al Fondo de Educación, Formación y Promoción y al importe líquido restante del Fondo de Reserva Obligatorio, serán puestos a disposición de la entidad privada elegida por acuerdo de la Asamblea General para la realización de los fines previstos estatutariamente.

En Madrid, a 3 de junio de 2025.—Los liquidadores, Ángel del Hoyo Muñoz, Carlos Vilaplana Montserrat, Ana Benito García Morales.

(02/10.446/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS

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