Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
18-06-2025

Sección 2.110.60.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250618-33

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid

33
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del expediente de información pública y oficial del proyecto de trazado “Actuaciones a corto y medio plazo para la mejora de la accesibilidad del transporte público en la Autovía del Noroeste A-6. Tramo: Enlace M-50 a Enlace Las Matas Sur”, de clave 19-M-14470.

Con fecha 3 de abril de 2025, el director general de Carreteras, en uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, ha resuelto:

1. Aprobar provisionalmente el Proyecto de Trazado “Actuaciones a corto y medio plazo para la mejora de la accesibilidad del transporte público en la Autovía del Noroeste, A-6. Tramo: Enlace M50 a Enlace Las Matas Sur. Provincia de Madrid”, de clave 19-M-14470, redactado con fecha diciembre de 2024, con las siguientes prescripciones a cumplimentar en el Proyecto de Construcción:

— Se deberá obtener la aprobación de la Confederación Hidrográfica del Tajo a las propuestas proyectadas.

— Deberá proseguirse la tramitación de la reposición de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la “Circular sobre modificación de servicios en los Proyectos de Obras” de 7 de marzo de 1994.

2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-Ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el presente trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.

3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, se proceda a incoar el correspondiente expediente de Información Pública y Oficial del Proyecto de Trazado, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en cumplimiento de cuanto establecen:

— Los artículos 12 y 16 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre.

— Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también es previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

El plazo de información pública será de 30 días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.

La aprobación definitiva del Proyecto de Trazado, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.

4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid que:

— De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta el Proyecto al preceptivo informe de la Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales que pudieran ser afectadas.

— De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta el Proyecto a informe de los departamentos ministeriales a los que pueda afectar.

— Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, sea publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).

— Remita la documentación del Proyecto de Trazado sometido a información pública a las corporaciones locales afectadas, para su exposición al público, en cumplimiento del artículo 34.7 del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre).

— Señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En virtud de dicha Resolución y de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y con los artículos 32, 33 y 34 del Reglamento General de Carreteras aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado” número 228, de 23 de septiembre), se somete el mismo a Información Pública por un período de treinta días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias (“Boletín Oficial del Estado”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de gran circulación en dicha comunidad). Asimismo, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.

Durante el plazo indicado el Proyecto de Trazado y copia de la citada aprobación provisional estarán expuestos al público en la sede de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, número 11, 28027 Madrid), en el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, así como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ( https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica , en el apartado de Proyectos no Normativos), a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y /u observaciones que consideren oportunas.

Durante el señalado plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa sobre la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación, podrán presentarse las alegaciones que se estimen pertinentes en relación con el proyecto de trazado, para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este caso se indicarán los motivos por los que se deba considerar preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en dicha relación, como más convenientes al fin que se persigue, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

A continuación, se incluye enlace a la relación de bienes y derechos afectados en el término municipal de Las Rozas de Madrid:

https://ssweb.seap.minhap.es/almacen/descarga/envio/e611a51be9b2db370626...

Madrid, a 25 de abril de 2025.—La jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, Gloria Ramos Palop.

(02/8.584/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.60.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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