Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250616-72

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal

En Sesión Plenaria Extraordinaria celebrada el día 4 de junio de 2025 se ha procedido a desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública posterior al acuerdo de aprobación provisional de la ordenanza fiscal número 7 reguladora del precio público por la prestación del servicio del Área Recreativa ubicada en la margen derecha del embalse de Riosequillo, en el término municipal de Buitrago del Lozoya, anuncio que ha sido expuesto al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 83, de 8 de abril de 2025, página 382.

En la referida Sesión Plenaria Extraordinaria celebrada el día 4 de junio de 2025 se ha procedido igualmente a aprobar definitivamente la mencionada ordenanza fiscal, ratificándose el acuerdo de aprobación provisional en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025.

Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a continuación el texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal número 7 reguladora del precio público por la prestación del servicio del Área Recreativa ubicada en la margen derecha del embalse de Riosequillo, en el término municipal de Buitrago del Lozoya.

“Artículo 4. Cuantía.—La cuantía del precio público es la siguiente:

a) Entrada fin de semana (sábado y domingo) y festivos:

— Entrada general: 14,00 euros.

— Entrada reducida: 10,00 euros. Se aplicará este precio a los siguientes usuarios:

• Usuarios con edades comprendidas entre 3 y 15.

• Mayores de 65 años.

• Discapacitados con un grado igual o superior al 33%.

• Integrantes de familia numerosa.

— Personas con carnet vecinal: 6,00 euros.

Los usuarios beneficiarios de esta entrada deberán acreditar el correspondiente certificado/carnet/tarjeta para identificarse.

b) Entrada resto de días (martes a viernes):

— Entrada general: 9,00 euros.

— Entrada reducida: 6,00 euros. Se aplicará este precio a los siguientes usuarios:

• Usuarios con edades comprendidas entre 3 y 15.

• Mayores de 65 años.

• Discapacitados con un grado igual o superior al 33%.

• Integrantes de familia numerosa.

— Personas con carnet vecinal: 3,00 euros.

Los usuarios beneficiarios de esta entrada deberán acreditar el correspondiente certificado/carnet/tarjeta para identificarse.

— Entrada por grupos: 6,00 euros por persona (únicamente de martes a viernes, excluidos festivos y como mínimo serán grupos de 25 personas).

c) Exenciones:

— Empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya.

— El Ayuntamiento se obliga a disponer de la entrada gratuita, respetando en todo caso el aforo máximo permitido, a las instalaciones para los trabajadores que dispongan del carnet de Áreas Recreativas del Canal de Isabel II.

d) Otras tarifas:

Toda persona en posesión de carnet vecinal vigente, tendrá la posibilidad de adquirir el “abono Riosequillo”, que será válido durante la temporada en la que se adquiere. El precio de este carnet será de 30,00 euros. Las condiciones de uso son las siguientes:

— El precio de entrada a la instalación será de 0,00 euros de martes a viernes.

— El precio en fin de semana y festivos no variará con respecto a la tarifa con carnet vecinal.

— El uso de este abono es personal e intransferible.

— No se podrá efectuar devolución del importe del mismo, una vez abonado.

— El uso de este “abono Riosequillo” quedará sujeto a las restricciones de aforo máximo permitido.

— La solicitud de un duplicado de este abono implicará el cobro de 6,00 euros en concepto de reposición.

e) Otros aspectos: el Canal de Isabel II podrá hacer uso de las instalaciones del Área Recreativa, previo aviso al Ayuntamiento, para el desarrollo de actividades deportivas enmarcadas en su programa “Canal Deporte” o similares, así como la realización de simulacros de prevención o cursos de formación, siempre y cuando no interfieran en las actividades normales del Área Recreativa.

f) Alquiler de piraguas:

De martes a viernes (ambos incluidos):

— 1 hora: 6,00 euros.

— 2 horas: 10,00 euros.

— Niños que no ocupan plaza hasta 6 años: 3,00 euros.

Sábados, domingos y festivos:

— 1 hora: 8,00 euros.

— 2 horas: 14,00 euros.

— Niños que no ocupan plaza hasta 6 años: 4,00 euros.

La plaza infantil solamente estará disponible si ya se han ocupado las dos plazas de adultos de la piragua. El coste de esta plaza se abona solamente una vez, independientemente del tiempo de alquiler”.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Buitrago del Lozoya, a 5 de junio de 2025.—El alcalde, Francisco Javier del Valle Morales.

(03/9.073/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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